21 de agosto de 2026
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La justicia de Morón capacita a la policía sobre la vigencia de la nueva Ley de Minoridad

La justicia de Morón capacita a la policía sobre la vigencia de la nueva Ley de Minoridad

La Justicia de Morón inició la capacitación del personal policial sobre la nueva Ley de Minoridad, que entrará en vigor en todo el país el próximo 5 de septiembre y que establece, como cambio principal, la punibilidad de los adolescentes a partir de los 14 años.

Hasta ahora las charlas alcanzaron a jefes y efectivos de las estaciones de policía de Morón e Ituzaingó. La primera capacitación fue dictada por Gabriel Crudo Iturri y la segunda por Guillermo Rodríguez Rey, ambos a cargo de la Fiscalía de Responsabilidad Penal Juvenil N° 1 del Departamento Judicial. La semana próxima recibirán formación los efectivos de Hurlingham y Merlo.

La iniciativa fue acordada entre autoridades del Ministerio de Seguridad bonaerense y el Ministerio Público Fiscal. Según informaron a Primer Plano Online, el objetivo es brindar a la Policía las herramientas y criterios a tener en cuenta al intervenir en delitos cometidos por adolescentes de 14 y 15 años, que con la entrada en vigencia de la ley serán imputables y deberán responder ante la justicia.

Sin embargo, como ocurre con toda ley nueva, la implementación plantea dudas. Una cuestión central es qué ocurrirá cuando no haya cupos en los institutos de alojamiento: hasta ahora no se construyó un espacio destinado a la detención de adolescentes. ¿Serán suficientes los cupos actuales si aumenta la cantidad de jóvenes a detener? Esa es una de las inquietudes pendientes.

El nuevo Régimen Penal Juvenil, que rige desde el 5 de septiembre

En marzo pasado el Gobierno nacional promulgó la Ley No 27.801, que establece un nuevo Régimen Penal Juvenil. Entre las principales modificaciones figura la disminución de la edad de imputabilidad a 14 años y la creación de una escala de penas graduadas.

La norma crea un sistema penal juvenil especializado para adolescentes de entre 14 y 18 años, con órganos judiciales y centros de alojamiento separados de los del fuero penal de adultos. Se prohíbe expresamente la convivencia entre menores y detenidos mayores.

El régimen incorpora principios como la legalidad, la proporcionalidad y la excepcionalidad de la privación de la libertad, y pone el foco en la reinserción social. Garantiza además el derecho de los adolescentes a ser escuchados, a contar con defensa desde el inicio del proceso y a la participación de sus familias.

Para delitos con penas de hasta 3 años, y para los de 3 a 10 años sin resultado de muerte o lesiones graves, se prevén medidas como prisión domiciliaria, tareas comunitarias, reparación económica, restricciones de circulación o prohibición de conducir. El artículo 13 también contempla la aplicación de amonestaciones, que consisten en un llamado de atención verbal acompañado de recomendaciones sobre conductas.

En los casos de delitos graves —como homicidios, robos violentos, abusos sexuales o secuestros— la pena máxima se fija en 15 años de prisión, por debajo del tope anterior de 20 años. La ley prevé además la creación de institutos especializados con personal formado en infancia y adolescencia, y la implementación de programas educativos, laborales y recreativos.

Con este esquema, Argentina se acerca a países de la región como Bolivia, Chile, Colombia, Paraguay, Perú, Venezuela y República Dominicana, que también fijan la punibilidad a partir de los 14 años. En otros países de la región —como Brasil, Ecuador, Costa Rica, El Salvador y Panamá— la punibilidad comienza a los 12 años.

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