18 de septiembre de 2026
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Peritos sostienen que Maradona sufrió un paro cardíaco súbito

Peritos sostienen que Maradona sufrió un paro cardíaco súbito

Un médico forense y un cardiólogo declararon ante el Tribunal Oral en lo Criminal N° 7 de San Isidro y cuestionaron las conclusiones de la junta médica oficial sobre el estado de salud del exfutbolista.

El juicio por la muerte de Diego Armando Maradona continuó con nuevas declaraciones médicas que reabrieron el debate sobre el mecanismo exacto del fallecimiento y si existían señales que permitieran preverlo.

En la audiencia 43 comparecieron el médico forense José Antonio Maya y el cardiólogo Ricardo Iglesias, presentados como peritos de parte vinculados a las defensas de profesionales imputados.

Ambos coincidieron en que Maradona murió por un evento cardíaco agudo y súbito y afirmaron que, según sus análisis, no había elementos suficientes para anticipar ese desenlace. Sus conclusiones difieren de las de la junta médica oficial que integró la causa.

Maya, perito de Leopoldo Luque, calificó la muerte como natural, súbita y de origen cardíaco, con respaldo anatomopatológico, pero sin evidencia de una enfermedad previa que permitiera preverla.

La explicación del médico forense

Ante los jueces, Maya dijo que Maradona murió “de golpe” y que no había pruebas suficientes para considerar previsible el evento cardíaco.

También cuestionó la capacidad de una autopsia para determinar por sí sola cómo funcionaba el corazón antes de la muerte, y explicó que la evaluación de la función cardiaca requiere estudios dinámicos realizados en vida.

Según Maya, los antecedentes médicos del expediente no mostraban una insuficiencia cardíaca previa que hubiese permitido anticipar el desenlace.

Afirmó que los estudios previos no evidenciaban una enfermedad cardíaca activa y recordó que Maradona había pasado por distintas intervenciones sin que, a su juicio, se detectara una condición que anticipara un episodio así.

Durante su declaración se refirió también a la presencia de edemas, que, dijo, pudieron haberse detectado con una revisión física.

Maya subrayó además que el paciente tenía derecho a decidir sobre su atención médica y vinculó esa autonomía con la dificultad para realizar controles continuos durante la internación domiciliaria.

La frase que generó controversia

Un momento discutido fue cuando Maya fue consultado sobre señales observables en los días previos al fallecimiento.

El perito sostuvo que para detectar ciertas manifestaciones físicas era necesaria una revisión personal y planteó que Maradona había limitadoo rechazado algunos controles, ejerciendo su autonomía.

En ese marco, afirmó que la muerte fue una cuestión de “responsabilidad” del propio paciente, diferenciando ese concepto del de culpa.

Esa afirmación recibió críticas de la querella; el abogado Fernando Burlando cuestionó públicamente la interpretación emitida en la audiencia.

La opinión de Maya forma parte de su testimonio como perito de parte y debe evaluarse junto con el resto de las pruebas y peritajes presentados en el juicio.

El testimonio del cardiólogo Ricardo Iglesias

Antes declaró Ricardo Iglesias, cardiólogo que actuó como perito de parte de la defensa de Agustina Cosachov.

Iglesias coincidió en que la muerte se produjo por un evento cardíaco agudo y afirmó que no había indicios de una patología cardíaca activa que permitiera prever un episodio de esas características.

Mencionó estudios cardiológicos realizados antes del fallecimiento, las intervenciones quirúrgicas previas y que Maradona había sido evaluado por varios profesionales en las semanas anteriores.

A su juicio, esos antecedentes no permitían concluir que existiera un riesgo cardíaco inminente.

Iglesias agregó que el mecanismo exacto que desencadenó el episodio no pudo determinarse con certeza; entre las hipótesis mencionó una arritmia ventricular.

Una postura diferente a la de la junta médica oficial

Las declaraciones de ambos peritos tomaron relevancia porque contradicen puntos centrales del informe de la junta médica interdisciplinaria que analizó el caso.

Esa junta había señalado signos compatibles con una falla cardíaca y cuestionado la atención durante la internación domiciliaria.

En su informe, la junta consideró que la actuación de los profesionales fue “inadecuada, deficiente y temeraria”; Iglesias, que participó de esa instancia, firmó el informe en disconformidad.

Previo a estos testimonios, otros especialistas habían señalado la presencia de una miocardiopatía dilatada y signos de deterioro cardíaco progresivo.

En consecuencia, el juicio enfrenta hoy posiciones médicas contrapuestas sobre si la muerte fue un episodio súbito e imprevisible o si hubo señales clínicas previas que debieron detectarse y tratarse.

El papel de Leopoldo Luque

La declaración de Maya también tuvo incidencia en la estrategia defensiva de Leopoldo Luque, uno de los principales imputados.

El perito sostuvo que Luque fue médico de cabecera y asesor de Maradona, pero señaló que durante la internación domiciliaria la responsabilidad cotidiana correspondía al médico clínico Pedro Di Spagna y al esquema de atención establecido.

La defensa de Luque busca determinar las funciones y responsabilidades de cada profesional que intervino en los últimos días de vida del exfutbolista.

El juicio analiza la actuación de siete profesionales de la salud: Luque, Cosachov, el psicólogo Carlos Díaz, el enfermero Ricardo Almirón, el coordinador de enfermeros Mariano Perroni, el médico clínico Pedro Di Spagna y la coordinadora de cuidados domiciliarios Nancy Forlini.

La muerte de Maradona y el debate médico

Diego Maradona falleció el 25 de noviembre de 2020, a los 60 años, durante una internación domiciliaria tras una operación por un hematoma subdural.

La investigación judicial se centró desde entonces en determinar si los profesionales cumplieron con sus obligaciones y si hubo conductas que contribuyeron al desenlace.

El caso llegó a juicio con interpretaciones divergentes sobre el estado clínico del exfutbolista y las condiciones de su atención en los últimos días.

Los testimonios de Iglesias y Maya sostienen ahora que el episodio cardíaco fue súbito e imprevisible; esa postura deberá confrontarse con los informes oficiales, otros peritajes y las pruebas presentadas durante el debate.

La decisión sobre las eventuales responsabilidades de los acusados corresponderá al Tribunal Oral en lo Criminal N° 7 de San Isidro, una vez concluidas las audiencias y expuestos los alegatos finales.

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