17 de octubre de 2026
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Ordenan curso de masculinidades por impago de pensión

Ordenan curso de masculinidades por impago de pensión

Una controversia judicial en Lomas de Zamora surgió por una disputa sobre la cuota alimentaria de un adolescente. El tribunal había ordenado que el padre y su abogado realizaran un curso sobre masculinidades por expresiones consideradas ofensivas hacia la madre; esa medida fue luego revocada por la Cámara de Apelaciones.

El caso se inició en mayo de 2024, cuando la madre demandó al padre reclamando el pago de la cuota alimentaria. La causa fue tramitada en el Juzgado de Familia No2 de Lomas de Zamora. En noviembre de 2025, la jueza decidió que el hombre debía aportar el 30% de sus ingresos —por su condición de empleado del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires— además de los conceptos correspondientes a salario familiar, ayuda escolar y obra social.

Durante el proceso, el padre alegó que la madre contaba con una mejor situación económica para afrontar una mayor parte de los gastos de crianza, mientras que él padecía problemas de salud y tenía otras obligaciones familiares. También sostuvo que la madre se había mudado a 50 kilómetros de distancia y que había inscrito al chico en un colegio privado sin consultarlo previamente.

La jueza calificó esas afirmaciones como ofensivas y estigmatizantes hacia la mujer, por lo que impuso la realización de un curso sobre masculinidades tanto al demandado como al abogado que lo representaba, con el objetivo de promover la reflexión sobre estereotipos de género.

Polémica en la Justicia de Lomas de Zamora

El padre apeló la decisión judicial y la Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y de Familia le dio la razón, revocando la orden de la jueza de familia.

Los magistrados consideraron que en la apelación del hombre no se advertían expresiones ofensivas ni estigmatizantes y que sus argumentos eran admisibles como defensa en este tipo de procesos. Señalaron además que la aplicación de la perspectiva de género no debe limitar el derecho de defensa de las partes.

Como consecuencia, la Cámara dejó sin efecto la obligación de que el abogado realizara el curso; el padre, en cambio, ya lo había cursado y aprobado. Respecto al reclamo de alimentos, la Cámara rechazó las defensas del demandado y confirmó que deberá abonar el 30% de sus ingresos y la retroactividad correspondiente desde la presentación de la demanda.

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