1 de diciembre de 2025
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Sacerdote condenado por manosear a una menor en Salta

La Sala I del Tribunal de Impugnacion confirmo la condena contra un sacerdote por abuso sexual simple agravado por su condicion de ministro de culto. La victima tenia 11 anos al momento de los hechos y la pena impuesta es de tres anos de prision en suspenso.

El episodio ocurrio en 2021, durante actividades realizadas en la capilla en las que participaba la menor.

Segun consta en la causa, la nina declaro que el sacerdote “le toco la cola” mientras jugaban con monaguillos y agua en el patio de la parroquia. El tribunal considero que su relato fue “claro, consistente y sostenido en el tiempo”.

En el fallo, los magistrados Luciano Martini y Ramon Medina ordenaron notificar de inmediato a la autoridad eclesiastica y subrayaron la necesidad de actuar con rapidez en medidas preventivas.

El portal del diario El Tribuno consigno que los jueces senalaron que la suspension preventiva dispuesta por la institucion religiosa se produjo mucho despues de que el Arzobispado conociera otros hechos de similar connotacion, lo que, segun el tribunal, acrecienta la responsabilidad institucional.

El imputado ya habia sido condenado en primera instancia por el delito de abuso sexual simple agravado durante su desempeno pastoral, y la defensa interpuso un recurso de impugnacion que fue rechazado de forma definitiva.

El tribunal respondio punto por punto a las objeciones de la defensa, que habia cuestionado la credibilidad de la victima y de sus familiares y los habia acusado de falsedad, alegando supuestas omisiones sobre el estado emocional de la nina.

Los magistrados advirtieron que, en casos de delitos sexuales, no corresponde descalificar las declaraciones de las victimas salvo que existan elementos concretos y probados que indiquen un interes en tergiversar los hechos, animo vindicativo o contradiccion con el resto de la prueba.

Tambien destacaron que no resulta contradictorio que el acusado haya sido absuelto en algunos cargos por aplicacion de la duda y condenado en otro, explicando que ello responde al distinto grado de certeza alcanzado en cada conducta investigada.

Ademas, recordaron que en la declaracion registrada por camaras de circuito cerrado (CCTV) la victima afirmo que el tocamiento no fue accidental ni se percibio como inocente.

El tribunal abordo la demora en la denuncia y concluyo que esa circunstancia no invalida la veracidad de la acusacion, en especial por las condiciones personales y familiares de la menor y por el vinculo con la institucion religiosa.

Los jueces senalaron asimismo que la madre de la victima busco inicialmente orientacion en su guia espiritual por el vinculo con la Iglesia, lo que retraso la presentacion judicial, pero no desacredito el relato de los hechos.

Al evaluar el conjunto probatorio, la Sala considero que, conforme a la sana critica racional y al grado de certeza exigido constitucionalmente, quedo acreditado el atentado contra la integridad sexual por parte del acusado, sin que la negativa del sacerdote en su defensa haya logrado revertir ese cuadro probatorio.

Denuncio por abuso sexual a un cura sanador

Una mujer de nacionalidad chilena denuncio a Atilio Luis Bruno, un sacerdote que se presenta como sanador en Jujuy, por abuso sexual. La denunciante afirmo que fue invitada a Mendoza por Bruno y por Elena C.V., a quien describe como vidente.

Segun su testimonio, en la vivienda donde se alojo, mientras dejaba sus pertenencias, Bruno ingreso a la habitacion, la sujeto por la nuca, introdujo su lengua en su garganta y dijo: “Estuvo rico eso”. Luego, segun la version, el sacerdote salio de la habitacion riendo.

La mujer relato que el acusado reitero el ataque en la cocina, donde, tras manifestar que la ayudaria, le pidio colaboracion para “ser un hombre para Elena” y la forzo a practicarle sexo oral. Describio que durante el abuso sintio nauseas y ganas de vomitar, mientras el se reia.

Estos hechos fueron denunciados el 3 de abril ante las autoridades de Jujuy por los delitos de abuso sexual, maltrato y dano psicologico. La causa, que involucra a integrantes de la Iglesia y a la supuesta vidente, se tramita con reserva debido a la filtracion de mensajes que comprometen a autoridades del Poder Judicial provincial y al Obispado local.

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