Estados Unidos aplicará a partir de este viernes un nuevo arancel a países de Centroamérica, incluida El Salvador, argumentando que no están aplicando de forma efectiva la prohibición de importar bienes producidos con trabajo forzoso. La medida, ordenada por el presidente Donald Trump, fue anunciada por el embajador Jamieson Greer desde la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR).
La decisión se deriva de una investigación iniciada el 12 de marzo de 2026, cuando la USTR abrió 60 expedientes sobre la falta de aplicación efectiva de prohibiciones al trabajo forzoso en las cadenas de suministro globales. El proceso incluyó dos rondas de audiencias públicas, más de 2,100 comentarios del público y consultas con más de 45 gobiernos, entre ellos los de países centroamericanos y la República Dominicana.
“El presidente Trump reconoce que décadas de persuasión moral no han erradicado el trabajo forzoso de las cadenas de suministro globales. Estados Unidos mantiene una prohibición de importación de productos elaborados con trabajo forzoso desde hace casi un siglo y la aplica rigurosamente; ya es hora de que nuestros socios comerciales hagan lo mismo”, afirmó Greer según el comunicado oficial de la USTR.
Evaluación, sanciones y países afectados
El 2 de junio de 2026 la USTR concluyó que las políticas y prácticas observadas en las economías investigadas son irrazonables y representan restricciones al comercio estadounidense, lo que habilita la imposición de aranceles correctivos bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio.
Según EFE, los nuevos gravámenes establecen un arancel adicional del 10% para las importaciones procedentes de 17 economías y del 12.5% para otras, mientras que para algunos socios las tasas variarán según el producto. En América Latina, la medida afecta a Guatemala, Honduras y El Salvador con un arancel adicional del 10%, y a Costa Rica, Panamá y la República Dominicana con un gravamen del 12.5%.
La USTR fijó exenciones para ciertos productos, como materias primas cuya inclusión en los aranceles podría afectar la disponibilidad de insumos críticos en Estados Unidos; bienes cuya afectación pudiera provocar perturbaciones económicas; y artículos cuya exclusión pueda incentivar a los gobiernos a cumplir los compromisos internacionales para eliminar el trabajo forzoso.
El comunicado precisa que productos específicos de Argentina, Bangladesh, Camboya, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Indonesia, Jordania, Malasia, Suiza, Taiwán y el Reino Unido podrían quedar excluidos si su exención contribuye a promover el cumplimiento de las restricciones contra el trabajo forzoso.
La decisión estadounidense también alcanza a países fuera de Centroamérica y el Caribe, entre ellos Argentina, Bangladesh, Camboya, Canadá, Ecuador, India, Indonesia, Jordania, Malasia, Pakistán, Sri Lanka y el Reino Unido. Además, la USTR aplicará tasas diferenciadas a productos de la Unión Europea, Taiwán, Japón, Corea y Suiza que no estén exentos, según lo detallado en su comunicado.
La Oficina del Representante Comercial indicó que mantendrá vigilancia sobre el cumplimiento de estas disposiciones y evaluará los cambios implementados por los países afectados. El comunicado señala que podrían adoptarse nuevas medidas si no se observa una mejora sustancial en la aplicación de las prohibiciones contra el trabajo forzoso en las exportaciones destinadas al mercado estadounidense.

