El juicio contra el músico Cristian “Pity” Álvarez por la muerte de Cristian Díaz comenzó este lunes en el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.o 29 de la Ciudad de Buenos Aires.
El debate se inició luego de que el juez Carlos Bruniard confirmara la fecha y rechazara el pedido de suspensión presentado por la defensa del ex líder de Viejas Locas e Intoxicados.
Tras años de demoras procesales, la audiencia comenzó por la mañana para juzgar a Álvarez por un hecho ocurrido en el barrio Samoré de Villa Lugano en julio de 2018.
Las audiencias se reanudarán el miércoles 12 y continuarán los días 14, 19, 24, 26 y 31 de agosto, y 2, 7, 9 y 14 de septiembre desde las 10.30; se espera que declaren unas 70 personas como testigos.
El acusado informó a los magistrados que “va a declarar más adelante”, dijo no recordar su número de DNI y manifestó que padece hipertensión y diabetes.
La defensa, a cargo del abogado Javier Marino, pidió suspender la audiencia argumentando que el músico se quedó dormido en varias ocasiones, pero el tribunal no hizo lugar a la solicitud.
Además, los jueces absolvieron a Álvarez del delito de privación ilegítima de la libertad y de las amenazas contra su amiga Florencia Batalla y su mánager, Claudia Crespo, conforme a un planteo de la defensa.
Los abogados Fernando Burlando y Fabián Améndola representan a una de las hijas de la víctima, Cristian Maximiliano Díaz.
Antes del inicio del juicio, la defensa intentó suspender las 11 audiencias previstas para agosto y septiembre alegando la existencia de recursos pendientes, en virtud del artículo 353 del Código Procesal Penal de la Nación, pero los magistrados respaldaron la postura de la fiscalía.
El fiscal Sandro Abraldes, al frente de la Fiscalía General N.o 27, se opuso formalmente al planteo de la defensa y sostuvo que la realización del debate es el ámbito institucional idóneo para garantizar los derechos del imputado y resolver las controversias presentadas.
Abraldes agregó que la participación en un debate oral no puede considerarse una actividad riesgosa en sí misma, como alegó la defensa, y señaló las reapariciones públicas recientes del cantante en recitales, entrevistas y redes sociales.
El juez Gustavo Goerner encabezó el voto del tribunal —al que adhirieron los jueces Juan Ramos Padilla y Hugo Navarro— y confirmó la aptitud psiquiátrica del acusado con fundamento en los informes periciales.
La resolución recordó que el Cuerpo Médico Forense concluyó que, tras el análisis integral de la documentación y las evaluaciones realizadas, Álvarez cuenta con una reserva cognitiva suficiente para afrontar las distintas instancias del proceso penal.
El magistrado advirtió que el trámite no puede depender de tratamientos de rehabilitación de duración indefinida, porque la negativa o el entorpecimiento del tratamiento podría postergar el debate de manera indefinida, y porque el Estado debe garantizar el derecho de las víctimas a obtener celeridad y justicia.
El expediente principal reconstruye lo sucedido en julio de 2018 en el complejo habitacional Samoré: durante una discusión entre Álvarez y Díaz, el acusado extrajo una pistola calibre 6.35 y le efectuó varios disparos en la cabeza, ocasionando lesiones cefálicas fatales y una hemorragia interna. La causa había llegado a juicio en noviembre de 2018, pero en 2021 y marzo de 2023 el trámite se suspendió debido a los dictámenes del Cuerpo Médico Forense sobre su salud mental.

