La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025, estableciendo como nueva fecha límite el 22 de septiembre de 2026.
La prórroga fue oficializada mediante la Resolución General 5890/2026 publicada en el Boletín Oficial y alcanza tanto a los contribuyentes del régimen general como a quienes están adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Esta nueva fecha reemplaza el vencimiento previo del 27 de agosto fijado por ARCA. La extensión se limita exclusivamente a la presentación de la declaración jurada.
El vencimiento para el pago del saldo resultante del impuesto no se modificó y se mantiene el 27 de julio de 2026. En consecuencia, la obligación de pago y la de presentación quedan con fechas diferentes: el pago en julio y la presentación hasta el 22 de septiembre.
Alcance de la prórroga en el Impuesto a las Ganancias
Según la normativa, ARCA justificó la prórroga por “razones de administración tributaria” y con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes.
La medida aplica a la declaración anual de Ganancias de 2025 y además postergó el vencimiento del primer anticipo del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2026 hasta el 24 de septiembre de 2026; dicho anticipo tenía originalmente vencimiento en agosto.
No se introdujeron modificaciones en el impuesto sobre los bienes personales: tanto la presentación de la declaración como el pago del eventual saldo para el período fiscal 2025 mantienen como fecha límite el 27 de julio de 2026.
Fuente: Agencia DIB


