(NA) – El Gobierno incorporó la figura de las Estaciones de Servicio Móviles al régimen regulatorio del expendio de combustibles líquidos.
La medida fue adoptada por la Secretaría de Energía a través de la Resolución 504/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
La norma fija el procedimiento, las condiciones técnicas y los requisitos registrales para la operación de depósitos portátiles destinados al abastecimiento minorista.
La resolución, difundida por Agencia Noticias Argentinas, considera que las estaciones de servicio móviles son una “herramienta fundamental para garantizar el abastecimiento de combustibles en localidades que no cuentan con estaciones fijas en un radio considerable”.
Según sus considerandos, el objetivo es reducir las distancias y los costos de traslado para los consumidores, además de favorecer el desarrollo productivo de las economías regionales. La modalidad móvil se presenta como una alternativa novedosa que permite abastecer localmente en condiciones seguras y con menores costos de mantenimiento de las instalaciones.
La Secretaría de Energía ya había autorizado con anterioridad el uso de tanques sobre el terreno y la implementación de estaciones de servicio móviles.
El decreto define a las Estaciones de Servicio Móviles como “depósitos portátiles autónomos, totalmente equipados para el transporte y el abastecimiento de hidrocarburos”.
Las autoridades sostienen que este formato posibilita una instalación y reubicación rápidas, ofreciendo mayor flexibilidad frente a la construcción de instalaciones con tanques soterrados.
En lo reglamentario, la resolución incorpora a los operadores habilitados bajo esta modalidad en el Registro de Bocas de Expendio de Combustibles Líquidos y aprueba procedimientos diferenciados para la “estación modular portátil” y la “estación de servicio móvil cisterna”.



