20 de enero de 2026
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ANMAT prohíbe acondicionador capilar por riesgo sanitario

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el país el uso, la venta, la distribución y la promoción de un acondicionador capilar tras detectar irregularidades en su formulación y en la información del envase, informó el organismo.

La medida se aplica al producto “Blonde Curls – Moisturizing Silver Conditioner”, de la marca Curl Girl, que se comercializaba sin datos esenciales para su trazabilidad, como número de lote y fecha de vencimiento, lo que impidió verificar su procedencia y habilitación sanitarias.

Motivos de la prohibición

La prohibición fue formalizada mediante la Disposición 28/2026, publicada en el Boletín Oficial, luego de una investigación iniciada por una denuncia recibida en el área de Cosmetovigilancia de la ANMAT. Durante la pesquisa se constató que el etiquetado incumplía requisitos obligatorios y que el producto no figuraba registrado en la base oficial del organismo.

El envase mostraba además el número de legajo de un laboratorio habilitado para elaborar cosméticos, pero el responsable de ese laboratorio negó cualquier vinculación con el acondicionador y aseguró que su producción siempre está identificada con número de lote y fecha de vencimiento.

En la inspección se verificó que el lote declarado contenía sustancias expresamente prohibidas por la normativa vigente, como el azul de metileno y la violeta de genciana, vetadas para uso cosmético desde 2015.

Aunque la ANMAT ya había ordenado el retiro inmediato del producto del mercado, la publicación de la disposición amplió y formalizó la prohibición, incluyendo explícitamente su oferta en plataformas de venta online y cualquier forma de publicidad o promoción.

El organismo indicó que la decisión busca proteger la salud de los consumidores, ya que los productos considerados ilegítimos no garantizan condiciones básicas de seguridad, calidad ni eficacia.

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