La Dirección Nacional del Registro de las Personas (DNRP) informó la introducción de un nuevo Documento Nacional de Identidad (DNI) electrónico y la implementación de cambios en el pasaporte.
Esas modificaciones fueron aprobadas mediante las disposiciones 54/2026 y 55/2026, publicadas en el Boletín Oficial. Ambas establecen que las medidas entrarán en vigencia el 1° de febrero de 2026.
Según las autoridades, los cambios responden a la necesidad de ajustar los documentos a la Normativa de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) N° 9303/2015/2021, que promueve la incorporación de nuevas tecnologías y requisitos técnicos en las identificaciones.
El DNI será una tarjeta de policarbonato multicapas, con grabados láser, impresión por chorro de tinta y un chip sin contacto. Se prevén variantes en el diseño y la información según la edad y la nacionalidad del titular.
Para ciudadanos argentinos mayores de 14 años, el documento incorporará el escudo nacional, la leyenda “República Argentina – Mercosur. Registro Nacional de las Personas. Ministerio del Interior”, la inscripción “Documento Nacional de Identidad” y una fotografía color, frontal.
Además incluirá el ícono de DNI electrónico, nombre y apellido (hasta 35 caracteres cada uno), sexo, número de DNI, fecha de emisión, nacionalidad, fecha de vencimiento, ejemplar, fecha de nacimiento, número de serie grabado por láser, número CAN, imagen fantasma y la firma del titular; si la persona no sabe o no puede firmar, ese campo quedará en blanco.
Se mantendrá la leyenda impresas para ex combatientes de la Guerra de las Islas Malvinas: “Ex combatiente, Heroína de la Guerra de las Islas Malvinas” o “Ex combatiente, Héroe de la Guerra de las Islas Malvinas”.
El DNI emitido a personas extranjeras, tanto menores como mayores, tendrá los mismos elementos y formato que el de los ciudadanos argentinos.
Los menores de 14 años recibirán un DNI con las mismas características generales; para los niños menores de 5 años la firma corresponderá al padre, madre, tutor o representante legal, y desde los 5 años cumplidos se registrará la firma del menor.
Para recién nacidos que no puedan ser trasladados por razones de salud certificadas se emitirá un DNI provisorio denominado “0 Año”, válido solo dentro del país y que contendrá únicamente datos biográficos y filiatorios.
En el dorso del DNI se consignarán el domicilio, el lugar de nacimiento, la firma del Ministerio del Interior, el número de CUIL, el número de trámite, un código QR, una zona de lectura mecánica y una imagen fantasma. Los extranjeros deberán además incluir su país de nacimiento, el número de juzgado y la fecha de naturalización.
En cuanto al pasaporte, las nuevas versiones contarán con 34 páginas y una hoja de policarbonato personalizada con grabado láser, lo que mejora los estándares internacionales de seguridad y la resistencia física del documento.
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El objetivo declarado por las autoridades es reforzar la protección de los datos personales y aumentar la confiabilidad del pasaporte, facilitando una identificación más sólida para ciudadanos y extranjeros.
Respecto a la vigencia de los documentos anteriores, la DNRP aclaró que los pasaportes emitidos antes de estas disposiciones conservarán su validez hasta la fecha de expiración, salvo que una norma posterior disponga lo contrario, lo que ubica al país en un marco de actualización conforme a estándares internacionales.
Durante la transición se continuará utilizando el stock de insumos existente hasta su agotamiento; de ese modo, los pasaportes confeccionados con los materiales actuales seguirán siendo válidos hasta su vencimiento, con el objetivo de optimizar recursos y evitar desperdicios.


