Una mujer de Banfield fue condenada a abonar una renta mensual a su exmarido, quien la demandó porque permaneció viviendo con sus hijos en la vivienda de ambos tras la separación.
El conflicto se originó con el divorcio. Después de la ruptura, ella siguió ocupando la casa de Banfield junto a los hijos en común. Al tratarse de un bien ganancial y ser usado en forma exclusiva por la mujer, el hombre inició una demanda solicitando una compensación económica.
El demandante reclamó el pago equivalente al 50% del alquiler que podría percibirse por la propiedad. La mujer se opuso, alegando que se trataba de la vivienda familiar, que convivía allí con los hijos y que la cuestión debía resolverse en la liquidación de los bienes matrimoniales. El caso llegó a juicio.
El tribunal de Lomas falló a favor del exmarido
Una pericia fijó en marzo de 2024 el valor de mercado de la propiedad en 395 millones de pesos y estimó un alquiler mensual de $1.382.500. La Justicia de Lomas de Zamora reconoció el derecho del exmarido a percibir el 50% de ese importe mensualmente, con efecto desde diciembre de 2021.
La mujer apeló, pero la Sala II de la Cámara de Apelaciones de Lomas rechazó el recurso. Los magistrados consideraron que, tras disolverse el matrimonio y la sociedad conyugal, ambos cónyuges mantienen derechos sobre el bien y, si uno lo usa en exclusividad impidiendo al otro disfrutarlo, procede una compensación económica.
En consecuencia, la Cámara confirmó que la mujer debe pagar a su ex un canon mensual equivalente a la mitad del valor locativo, con efecto retroactivo.


