El Gobierno nacional modificó la reglamentación de la Ley de Defensa del Consumidor e incorporó un mecanismo de “pago voluntario” para multas impuestas en procedimientos administrativos por infracciones a esa normativa. La medida fue formalizada mediante el Decreto 377/2026, publicado en el Boletín Oficial.
La reglamentación añade un inciso a la Ley 24.240 que permite a los proveedores sancionados abonar las multas con un descuento del 50% siempre que acepten la sanción y realicen el pago dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación.
Este beneficio se perderá si el infractor presenta el recurso directo previsto en el artículo 45 de la Ley de Defensa del Consumidor para impugnar judicialmente la sanción.
En los fundamentos del decreto, el Ejecutivo señaló que el régimen sancionatorio vigente carecía de incentivos para el pago anticipado de multas, a diferencia de otras normas relacionadas con el comercio interior y de procedimientos aplicados por autoridades locales.
El objetivo declarado es “disminuir la litigiosidad administrativa y judicial”, reducir costos para el Estado y las empresas, y avanzar hacia una gestión pública más ágil y eficaz en la resolución de actuaciones administrativas.

