16 de julio de 2026
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ARCA lanza plan de pagos para pymes y pequeños contribuyentes

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5875, que crea un plan excepcional de facilidades de pago dirigido a MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro con el objetivo de mitigar su situación fiscal.

El régimen permite regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026, promoviendo el cumplimiento voluntario de esas obligaciones.

ARCA fundamenta la medida en que las MiPyMEs son un sector estratégico por su aporte al empleo, la producción y al desarrollo regional, y en la necesidad de brindar herramientas que faciliten el cumplimiento de las obligaciones a pequeños contribuyentes y organizaciones sin fines de lucro.

Los alcances de la medida de ARCA

El plan incluye obligaciones impositivas, aduaneras y de seguridad social, junto con sus intereses, retenciones y percepciones impositivas, y tributos vinculados a operaciones de importación y exportación. También contempla la incorporación de multas aplicadas hasta el 30 de junio de 2026, aunque la adhesión no conlleva reducción de intereses resarcitorios o punitorios ni la exención de sanciones.

Quedan excluidos, entre otros, anticipos y pagos a cuenta, ciertos conceptos del IVA por servicios prestados desde el exterior, aportes y contribuciones destinados a obras sociales, cuotas de ART, aportes del personal de casas particulares, cuotas de planes de pago vigentes y otros tributos específicos previstos por la normativa.

Tampoco podrán acceder al plan quienes tengan condenas firmes por delitos tributarios, aduaneros o por incumplimiento de obligaciones fiscales; ni determinadas personas jurídicas cuyos directivos hayan sido condenados por esos delitos. Además, se excluyen responsables solidarios y garantes de obligaciones comprendidas en regímenes específicos.

La resolución establece condiciones distintas según el tipo de contribuyente. Micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro podrán financiar deudas generales en hasta 18 cuotas; las retenciones y percepciones podrán regularizarse en hasta nueve cuotas, con un pago a cuenta del 5% y una tasa de financiación mensual del 2,75%.

Las medianas empresas (tramos 1 y 2) podrán acceder a planes de hasta 15 cuotas para obligaciones generales y hasta siete cuotas para retenciones y percepciones, con un pago a cuenta del 10% y la misma tasa de financiamiento mensual.

Fuente: Agencia DIB

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