En el marco de la reestructuración y modernización del sistema, este jueves se aprobaron los pliegos licitatorios de la Vía Navegable Troncal (VNT), fruto de un consenso entre empresas, gobiernos provinciales y el sector productivo tras un proceso de diálogo destinado a ordenar la concesión de la principal ruta fluvial del país.
La Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) revisó el texto técnico y señaló que el documento “satisface o cumple mayoritariamente con las recomendaciones y mejores prácticas” emitidas por el organismo.
Con esta validación se estableció la base para la futura licitación del sistema de navegación y las tareas de dragado, consideradas ejes fundamentales para el comercio exterior argentino.
Entre las recomendaciones principales, la UNCTAD sugirió que el Modelo de Contrato contemple la posibilidad de adaptar las condiciones contractuales ante la aparición de “actuaciones de interés público no previstas” que no estén incluidas en los anexos.
Según el informe al que accedió Infobae, la propuesta incluye la creación de un mecanismo formal mediante el cual la Autoridad de Aplicación y Control pueda evaluar la necesidad de ampliar trabajos de dragado u otras obras. En esos casos, la autoridad deberá realizar un análisis jurídico y ambiental, notificar a la concesionaria y elevar la propuesta para una eventual renegociación.
En cuanto a los requisitos técnicos, la UNCTAD recomendó elevar los estándares de acreditación del representante técnico de las empresas oferentes, solicitando que sea ingeniero civil o portuario, matriculado o en trámite de matriculación ante el Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC).
También se exigirá experiencia comprobable en la organización y dirección de obras de dragado, con al menos treinta y seis meses de actividad en proyectos iniciados a partir de enero de 2016. Las ofertas que no acrediten esos requisitos serán descalificadas.
Adicionalmente, el organismo propuso mejorar el Reglamento para la Ejecución del Fideicomiso (Anexo 10), incorporando una cláusula que establezca explícitamente que el fideicomiso concluye cuando se agoten los remanentes de fondos, y no necesariamente al vencimiento del plazo de la concesión.
Sobre el sistema de evaluación de ofertas, la UNCTAD advirtió que el artículo 30 introduce una metodología distinta a las mejores prácticas recomendadas: permite que la comisión evaluadora solicite una rebaja a la oferta económica mejor posicionada si supera en más del cinco por ciento a la siguiente.
Si el primer oferente se niega a rebajar, su propuesta podría quedar desestimada. El organismo internacional aclaró que su recomendación es adjudicar la licitación al proponente con mayor puntaje técnico, siempre que supere los 40 puntos en el segmento técnico del pliego.
Respecto a la capacidad de las empresas, la UNCTAD consideró que Jan de Nul, DEME, Boskalis y Van Oord disponen de la flota de dragas necesaria. Otras firmas como Inai Kiara, Rhode Nielsen, Great Lakes and Dock Co. y Weeks Marine no cumplirían individualmente, aunque podrían hacerlo de forma conjunta.
Horas después del avance en los pliegos, el interventor de la Administración General de Puertos Sociedad Anónima Unipersonal, Gastón Benvenuto, autorizó la incorporación del “Procedimiento de Intimación y Gestión de Cobranzas de Facturas Adeudadas y Emitidas en Dólares por Peajes de la Vía Navegable Troncal”, formalizado en la Resolución N° 132/2025 publicada en el Boletín Oficial.
Con esa resolución se facultó a la Dirección de Administración y Finanzas para intimar a los deudores identificados mediante relevamientos semanales. Se estableció que los pagos se emitirán en dólares y se cotizarán según los valores del Banco Nación.
El procedimiento dispone que el obligado al pago será notificado mediante una Nota de Intimación de Pago y tendrá quince (15) días corridos desde su recepción para regularizar su situación; además, se incluyó el modelo que utilizará el organismo para dichas intimaciones.
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