La Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro revocó la orden de desalojo del predio de la empresa FATE, en una resolución que beneficia a los trabajadores implicados en un conflicto laboral tras despidos masivos.
La orden de desalojo había sido dictada el 18 de febrero por el juez de Garantías Alejandro Crespo. No obstante, el secretario general del Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA), Alejandro Crespo, presentó una apelación al sostener que la disputa corresponde al ámbito laboral y no a una causa penal.
En su resolución, los magistrados consideraron que “la adopción de una medida cautelar en el ámbito de la penalización de la conducta de trabajadores y representantes sindicales cuando aún no han finalizado las instancias de conciliación y negociación entre las partes en conflicto, resulta prematura y así debe declararse”.
El tribunal entendió que el caso debe ser analizado dentro del marco de un conflicto laboral y señaló que los operarios de Fate S.A. “han decidido tomar una vía de acción directa e ingresar a la fábrica donde trabajaban en defensa de sus puestos de trabajo”.
Los jueces subrayaron que la huelga es un derecho reconocido por la Constitución Nacional. “La huelga, como expresión más pura del reclamo, se encuentra reconocida como derecho en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y se trata de un medio de acción directa, de carácter colectivo, destinado a preservar o conquistar derechos o intereses de los trabajadores”, afirman en el fallo.
Además, el tribunal destacó la dimensión social del conflicto, dado que la situación tuvo origen en la pérdida de la fuente laboral de entre 900 y 1000 empleados.
“Más allá de lo que corresponda resolver sobre el fondo y de reconocer que el conflicto importa también una posible afectación al derecho de propiedad, también es cierto que la afectación de un derecho constitucional con relación a los trabajadores, a quienes se lanzaría del inmueble, importaría un gravamen irreparable que justifica ingresar al tratamiento del presente recurso”, concluyeron los magistrados.

