El ministro de Economía, Luis Caputo, anticipó que si el proyecto de Inocencia Fiscal se aprueba en el Senado, no habrá multas automáticas para los contribuyentes que no presenten las declaraciones juradas en tiempo y forma. Explicó que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) notificará al infractor para que regularice el pago antes de imponer una sanción económica.
“Hablé con el equipo de ARCA y van a trabajar en la reglamentación de una solución que irá en el siguiente sentido: en cuanto ocurra el vencimiento del plazo para presentar la DDJJ, en vez de intimar y aplicar la multa directamente, ARCA va a enviar un recordatorio por 10/15 días hábiles. Una vez transcurrido ese plazo, recién ahí se va a intimar y aplicar la multa”, escribió Caputo en su cuenta oficial de X.
Agregó que ARCA evaluará la cantidad de días de demora para aplicar una multa proporcional, de modo de distinguir incumplimientos frecuentes de los ocasionales y evitar medidas rígidas e inmediatas.
El titular del Palacio de Hacienda subrayó que ese aviso de 10/15 días permitirá cumplir con las obligaciones fiscales sin asfixiar al sector privado.
El viernes, el oficialismo buscará que el Senado apruebe la Inocencia Fiscal, una iniciativa destinada a que quienes compraron dólares en el mercado informal durante el cepo cambiario puedan regularizar su situación. El texto también establece nuevos umbrales a partir de los cuales se considera que existe evasión tributaria.
El proyecto, que Caputo calificó como clave para que la economía “continúe creciendo al ritmo del 6%”, introduce modificaciones en el Régimen Penal Tributario, en el Código Civil y Comercial y en el Régimen de Procedimiento Tributario. Su objetivo es otorgar garantías legales a los contribuyentes frente a futuras investigaciones.
Especialistas tributarios alertaron en los últimos días sobre el efecto de la actualización de los montos de las multas automáticas, en particular para pequeñas y medianas empresas.
Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, dijo a Infobae que “los montos de incremento que tiene el proyecto son muy importantes”. Como ejemplo, señaló que la sanción prevista en el artículo 38, hoy de $200 (un monto desactualizado) para personas humanas, pasaría a $220.000, y para personas jurídicas de $400 a $440.000.
Esas sanciones se aplicarían cuando las declaraciones juradas no se presenten en tiempo y forma. Domínguez advirtió que una pyme que se retrase un día por problemas administrativos o falta de personal podría afrontar una multa muy onerosa para su tamaño.
Desde el estudio Lisicki, Litvin & Abelovich explicaron que, con el cambio normativo, la evasión simple empezará a configurarse a partir de $100.000.000. “La evasión simple se determina con un mínimo de $100 millones, pero no todo lo que supera ese umbral es automáticamente evasión: hay un componente objetivo, que es superar el piso que impone la ley, y otro componente subjetivo, que implica la voluntad de transgredir la obligación tributaria”, agregó Martín Caranta, socio del departamento de Impuestos.
El monto a partir del cual se considera evasión agravada sube de $15.000.000 a $1.000.000.000. Cuando se empleen personas o entidades interpuestas, estructuras complejas, patrimonios especiales, instrumentos fiduciarios o jurisdicciones no cooperantes para ocultar al verdadero responsable, ese umbral aumenta de $2.000.000 a $200.000.000. Lo mismo aplica si se utilizaron de forma fraudulenta exenciones, reducciones u otros beneficios fiscales.
Si la maniobra incluye el uso total o parcial de facturas u otros documentos falsos, la evasión agravada se considera a partir de $100.000.000, en lugar del mínimo previo de $1.500.000.


