1 de julio de 2026
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Corte Suprema confirma ciudadanía de nicaragüenses nacidos en EE. UU.

Miles de familias migrantes, entre ellas muchas de origen nicaragüense, mantendrán el acceso automático a la ciudadanía estadounidense para sus hijos nacidos en el país. La Corte Suprema de Estados Unidos declaró inconstitucional la orden ejecutiva promovida por el expresidente Donald Trump que intentaba restringir ese derecho y reafirmó la protección otorgada por la Decimocuarta Enmienda.

La resolución establece que el estatus migratorio de los progenitores no condiciona el derecho a la nacionalidad de quienes nacen en territorio estadounidense. Con ello, el tribunal rechazó uno de los intentos más controvertidos de cambiar la política migratoria desde la presidencia.

La sentencia garantiza que esos niños obtendrán la ciudadanía estadounidense al nacer, independientemente de la situación legal de sus padres, algo que devolvió certidumbre a familias que habían vivido incertidumbre tras el debate jurídico. El litigio, que llegó hasta la Corte Suprema, afectó a personas que tramitan asilo, participan en programas humanitarios o esperan la resolución de sus solicitudes migratorias.

La decisión se adoptó con una mayoría de seis magistrados. El presidente del tribunal, John Roberts, redactó la opinión mayoritaria, apoyado por los tres jueces considerados liberales y por la jueza Amy Coney Barrett. El juez Brett Kavanaugh coincidió en el resultado pero presentó fundamentos diferentes. En disidencia se ubicaron Clarence Thomas, Samuel Alito y Neil Gorsuch, quienes respaldaban la posición del exmandatario.

La orden ejecutiva anulada proponía restringir la ciudadanía automática a los hijos de ciudadanos estadounidenses y a los de residentes legales permanentes. Esa propuesta nunca llegó a aplicarse, ya que fue detenida por demandas interpuestas por estados, organizaciones defensoras de inmigrantes y familias afectadas.

Debate constitucional y reacciones ante el fallo

Roberts afirmó que “existen escasas pruebas que respalden esta visión drásticamente revisionista”, con lo que desestimó la base jurídica del argumento presidencial, según informaron medios.

El eje del conflicto fue la interpretación de la Decimocuarta Enmienda, que establece que toda persona nacida en Estados Unidos y sujeta a su jurisdicción tiene derecho a la nacionalidad. La Corte concluyó que este principio protege la ciudadanía automática para casi todos los nacidos en el país, con excepciones muy limitadas.

El fallo constituye un revés significativo para las políticas migratorias impulsadas durante el segundo mandato de Trump y refuerza la vigencia del principio del jus soli —la adquisición de la nacionalidad por nacimiento en el territorio—, frente al modelo de jus sanguinis, en el que la nacionalidad se transmite por ascendencia.

Harold Rocha, director del Fondo Nicaragüense-Estadounidense de Defensa Legal y Educación (NALDEF), calificó la decisión como la reafirmación de “casi dos siglos de jurisprudencia que interpreta la Decimocuarta Enmienda como una garantía incontestable del derecho a la nacionalidad por parte de toda persona nacida en el territorio nacional”.

Rocha señaló que el resultado era previsible por la abundancia de antecedentes, pero advirtió que fue notable que tres magistrados consideraran explorar una interpretación que habría limitado derechos de hijos de migrantes sin residencia legal. Subrayó que una modificación de ese tipo “hubiese quebrantado no solamente casi dos siglos de jurisprudencia, sino que sustancialmente hubiese alterado un concepto de fondo que se aplica en el derecho consuetudinario”.

También advirtió sobre los límites del poder presidencial: “No se prestó mucho análisis al hecho de que un presidente no tiene constitucionalmente la potestad de enmendar la Constitución a través de un decreto ejecutivo”.

El abogado recordó que cualquier cambio de este principio exige un proceso legislativo y la ratificación a nivel estatal, un procedimiento mucho más complejo que la emisión de una orden ejecutiva.

Aunque la decisión preserva el derecho vigente, Rocha advirtió que la cuestión podría volver a plantearse si la composición de la Corte cambiara en el futuro, lo que dejaría abierta la posibilidad de nuevas interpretaciones, según informaron los medios.

La confirmación del derecho a la ciudadanía por nacimiento es especialmente relevante para las familias nicaragüenses que han llegado a Estados Unidos en los últimos años, muchas mediante solicitudes de asilo, programas humanitarios o con trámites migratorios pendientes. El fallo asegura que sus hijos permanecerán amparados por una garantía constitucional que forma parte del ordenamiento legal estadounidense desde mediados del siglo XIX.

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