16 de julio de 2026
Buenos Aires, 17 C

Justicia habilita cierre de Volver al Trabajo y Gobierno impulsa vouchers de capacitación laboral

La Cámara Federal de San Martín revocó la medida cautelar que obligaba al Ministerio de Capital Humano a mantener el programa “Volver al Trabajo” (sucesor del Potenciar Trabajo), permitiendo su cierre definitivo en agosto. Con la decisión de los jueces Juan Pablo Salas, Marcos Morán y Marcelo Darío Fernández, más de 900.000 beneficiarios dejarán de percibir la prestación mensual de 78.000 pesos en todo el país.

El tribunal de alzada anuló la resolución del Juzgado Federal de Campana, que había ordenado sostener los pagos hasta la implementación de una política pública alternativa. Los magistrados consideraron que obligar a continuar la transferencia constituiría un “adelantamiento del veredicto final en favor de los demandantes” y que ello impedía al Gobierno reemplazar el plan por un sistema de vouchers para capacitación laboral.

Los beneficiarios, representados entre otros por Andrea Liliana Ledesma, habían solicitado la cautelar para que el Estado mantuviera las prestaciones económicas o estableciera un dispositivo equivalente hasta que existiera una política sustitutiva que garantizara niveles de protección similares o superiores en ingresos e inclusión socio-laboral. Alegaron que la suspensión del programa los privaba de un ingreso mensual y provocaba un perjuicio patrimonial y social inmediato.

Además señalaron que no reclamaban un derecho individual exclusivo, sino la protección de derechos homogéneos derivados de la decisión de finalizar el programa sin prever continuidad para quienes figuraban en el padrón.

Reconoció la existencia de una causa fáctica común —la extinción del programa “Volver al Trabajo”— como hecho único que afectaba a todos los incluidos en el padrón. Consideró que la acción colectiva era el mecanismo adecuado para garantizar la tutela judicial efectiva, dada la dificultad de que cada afectado accediera individualmente a la justicia. Señaló que el fin del programa era promover inclusión social y mejorar las condiciones de vida de hogares en situación de mayor vulnerabilidad, por lo que su cese brusco implicaba riesgo de daño irreparable. Indicó que, ante ese peligro de gravedad, podían flexibilizarse los requisitos para dictar medidas cautelares y que la continuidad debía asegurarse hasta que existiera una política pública sustitutiva real y comprobable, no bastando meras declaraciones sobre futuros reemplazos.

El Gobierno, por el Ministerio de Capital Humano conducido por Sandra Pettovello, apeló la resolución y la Cámara de Apelaciones de San Martín le dio la razón. Entre los puntos principales los camaristas sostuvieron:

Revocación de la medida cautelar que ordenaba al Estado Nacional continuar con los pagos del programa “Volver al Trabajo”. Reconocimiento de la facultad del Poder Ejecutivo para definir y concluir programas sociales, sin que los beneficiarios tengan un derecho adquirido a su continuidad. Presunción de legitimidad de los actos estatales, que refuerza la autonomía del Gobierno en la gestión de fondos y políticas públicas. Falta de acreditación de los requisitos legales para una medida cautelar en este caso, por no haberse demostrado peligro en la demora ni verosimilitud del derecho invocado. Existencia de un nuevo programa alternativo presentado por el Gobierno destinado a sustituir el esquema anterior. Impacto presupuestario: la continuidad obligatoria de los pagos afectaría recursos públicos y la planificación de políticas oficiales.

Según la resolución, el programa “Volver al Trabajo” no generaba un derecho adquirido para sus beneficiarios, porque su vigencia estaba limitada a dos años.

La Cámara enfatizó que las medidas cautelares no deben interferir en la definición ni en la ejecución de políticas públicas adoptadas por el Poder Ejecutivo y concluyó que aquí no se satisfacían los requisitos legales para una tutela provisoria.

El fallo, favorable al recurso del Gobierno, advirtió que imponer la continuidad del programa sería una intromisión judicial y contribuiría a la permanencia de un sistema asistencialista bajo el control de organizaciones sociales. Con ello, el Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello, recupera la potestad presupuestaria para reasignar fondos y rediseñar las políticas sociales.

El nuevo esquema, diseñado por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dirigida por Julio Cordero, reorientará los recursos hacia empresas, centros formativos provinciales y organizaciones encargadas de talleres profesionales, en lugar de transferencias monetarias individuales.

Tras la resolución, la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP) emitió un comunicado afirmando: “La Justicia niega el derecho al salario a más de 900 mil trabajadores y en agosto no se va a cobrar el Volver al Trabajo. El hambre no espera. Seguiremos peleando por todas las vías por la continuidad del salario social complementario”.

Desde la Casa Rosada sostienen que los fondos liberados del programa financiarán la extensión de la doble jornada escolar en escuelas primarias ubicadas en zonas de mayor vulnerabilidad social.

La resolución se dictó “con costas por su orden”, por lo que cada parte asumirá sus gastos procesales según la complejidad del debate.

La anulación de la cautelar tendrá efecto inmediato: desde agosto, las personas empadronadas como trabajadores de la economía popular dejarán de recibir la asignación mensual, con un impacto directo sobre sectores informales en todo el país.

Artículo anterior

Horóscopo del martes 14 de julio

Artículo siguiente

Irán ataca bases estadounidenses en Bahréin tras bombardeos de Washington

Continuar leyendo

Últimas noticias

Comienza el Mundial en: