22 de julio de 2026
Buenos Aires, 11 C

Juicio en ausencia: un año de la sanción de la ley

La ley 27.784 incorporó al derecho procesal penal argentino la figura del juicio en ausencia. Fue el resultado de más de diez años de trabajo conjunto de juristas, periodistas, legisladores, jueces y familiares de las víctimas del atentado a la AMIA-DAIA, y se diseñó para permitir que los tribunales continúen procesos cuando un imputado, a sabiendas del proceso, se niega deliberadamente a comparecer, situación que antes impedía avanzar en causas por delitos graves.

Durante mucho tiempo predominó la postura, influida por un ex juez de la Corte Suprema, de que un debate oral y público no podía celebrarse sin la presencia personal del imputado; modificar ese paradigma requirió un trabajo largo y sostenido.

Un año después de su sanción, la norma recibió aceptación en la doctrina y la jurisprudencia porque busca equilibrar las garantías de defensa del imputado con el deber del Estado de investigar, juzgar y sancionar delitos graves, entre ellos crímenes de lesa humanidad, desaparición forzada y terrorismo y su financiamiento.

Según el Dr. Franco Fiumara, uno de los impulsores de la ley, el juicio en ausencia integra la búsqueda de verdad, justicia y reparación para las víctimas con las garantías procesales y el derecho de defensa, evitando que el avance del proceso quede supeditado indefinidamente a la actitud de quien permanece prófugo.

La sanción de la ley 27.784 también evidenció la cooperación entre los tres poderes del Estado: el Poder Ejecutivo presentó el proyecto, el Poder Legislativo lo debatió y lo aprobó, y el Poder Judicial lo aplica en las causas en trámite.

En un contexto en el que son frecuentes los desencuentros institucionales, la ley muestra un ejemplo de trabajo conjunto para combatir la impunidad; quienes promovieron la norma vieron su esfuerzo recompensado con una votación parlamentaria mayor a la esperada.

A lo largo de los debates de estos años se afirmó que la norma estaba hecha a medida de la causa AMIA; sus defensores rechazaron esa acusación y subrayaron que permitiría también avanzar en causas contra represores de la dictadura. Esa previsión se confirmó cuando el primer pedido fiscal de aplicación del juicio en ausencia se realizó en una causa por delitos de lesa humanidad en un juzgado federal de San Rafael, Mendoza.

El bloqueo de un proceso por delitos de lesa humanidad profundiza el sufrimiento de las víctimas; la persistencia de esa herida afecta la dignidad humana y dificulta la reparación.

Raúl Woscoff es abogado y fue asesor de la Unidad Especial AMIA.

Alberto Indij es abogado y fue presidente de la DAIA.

Artículo anterior

Buscan a Luciano en Lomas desde hace más de dos meses

Artículo siguiente

Electrifican frentes de tres comercios en Quilmes Centro

Continuar leyendo

Últimas noticias

Comienza el Mundial en: