Mediante la Disposición No 4714/2026, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) autorizó que las especialidades medicinales registradas en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) que contienen diez principios activos destinados al tratamiento de patologías de baja complejidad se comercialicen en condición de venta libre.
El objetivo de la medida es facilitar el acceso de la población a tratamientos seguros y de eficacia comprobada, promoviendo el autocuidado y el uso responsable de medicamentos.
Los 10 Ingredientes Farmacéuticos Activos liberados
En las concentraciones y formas farmacéuticas autorizadas, los principios que pasan a venderse sin receta médica son:
Trimebutina Maleato (antiespasmódico y regulador del tránsito intestinal)
Levocetirizina Diclorohidrato (antihistamínico / antialérgico)
Fexofenadina Clorhidrato (antihistamínico no sedante)
Dimenhidrinato (prevención y tratamiento de mareos y náuseas)
Nafazolina Clorhidrato + Feniramina Maleato (descongestivo y antialérgico oftálmico)
Olopatadina Clorhidrato (antialérgico ocular)
Carboximetilcisteína (mucolítico y fluidificante de secreciones respiratorias)
Cloruro de Aluminio Hexahidratado (antitranspirante de uso terapéutico)
Carbonato de Calcio + Tintura de Árnica montana + Nitrato de Plata (producto tópico con efecto rubefaciente)
Ivermectina (antiparasitario con indicación específica)
Antecedentes de mercado y freno a la inflación en fármacos
La disposición se enmarca en la Resolución No 284/2024 del Ministerio de Salud, que dispone revisar periódicamente las condiciones de expendio de ciertos medicamentos.
Políticas anteriores ya habían liberado otros medicamentos, como los inhibidores de la bomba de protones (prazoles), la acetilcisteína, el aciclovir y la amorolfina. Según el Ministerio, una mayor oferta y competencia en la categoría de los prazoles contribuyó a contener sus precios: entre mayo de 2024 y junio de 2026 los aumentos se situaron entre 30,2% y 40,4%, muy por debajo de la inflación general medida por el IPC, que acumuló 94,7% en el mismo periodo.
Respaldado por estándares internacionales
La ANMAT basó la concesión de la venta libre en los siguientes criterios:
Trayectoria local: comprobación de, al menos, cinco años de presencia en el mercado argentino bajo la condición de venta con receta, sin reportes de eventos adversos graves en el Sistema Nacional de Farmacovigilancia.
Antecedentes en agencias de referencia: precedentes regulatorios en organismos internacionales de referencia, como la FDA (EE. UU.), EMA (Europa), ANVISA (Brasil), AEMPS (España), ANSM (Francia) e INVIMA (Colombia).
Perfil de seguridad: margen terapéutico amplio y eficacia demostrada en el tratamiento de afecciones de baja complejidad.
Adecuación de envases y período de transición
Los laboratorios titulares deberán actualizar prospectos, rótulos y empaques conforme a las nuevas exigencias informativas ante la Dirección de Gestión de Información Técnica. Para no interrumpir la oferta, ANMAT autorizó que los lotes ya liberados puedan comercializarse hasta agotar stock.
Fuente: Ministerio de Salud de la Nación / Disposición ANMAT No 4714/2026
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