Un cardiólogo declaró este jueves en el segundo juicio por la muerte de Diego Armando Maradona y afirmó que, tras el episodio ocurrido en Punta del Este, el paciente debía haber recibido medicación de por vida.
El testigo fue Gustavo Di Niro, jefe del área de Cardiología del Hospital Central Municipal de San Isidro “Dr. Melchor Ángel Posse” y miembro del Instituto Cardiovascular de Buenos Aires (ICBA).
Di Niro sostuvo que el paro cardíaco que sufrió el futbolista en 2000 correspondió a una miocardiopatía dilatada vinculada al consumo de tóxicos.
Explicó que ese tipo de episodios suele dejar lesiones crónicas y permanentes, y calificó de “raro” que una cardiopatía de ese tipo no genere secuelas.
Señaló además que el paciente presentaba cambios de comportamiento y signos de complicaciones que no motivaron modificaciones en la conducta médica, apuntando en particular contra el neurocirujano Leopoldo Luque y la psiquiatra Agustina Cosachov.
La Junta Médica Interdisciplinaria, requerida por los fiscales adjuntos del Departamento Judicial de San Isidro, Patricio Ferrari y Cosme Iribarren, y por la fiscal de la UFI Descentralizada de Benavídez, Laura Capra, determinó que el corazón del paciente estaba agrandado.
También ratificó el resultado de la autopsia realizada en la Morgue de San Fernando: insuficiencia cardíaca congestiva con edema agudo de pulmón y miocardiopatía dilatada.
Según otras conclusiones de la junta, el paciente agonizó durante aproximadamente 12 horas desde las 00:30 del 25 de noviembre de 2020 y no habría recibido controles adecuados por parte del personal de enfermería, un aspecto muy cuestionado por las defensas.
La junta añadió que, al menos desde la internación en la Clínica Ipensa, el futbolista no estaba en pleno uso de sus facultades mentales ni en condiciones de tomar decisiones sobre su salud.
Los especialistas calificaron al equipo médico como “inadecuado, deficiente y temerario” y sostuvieron que, según la documentación analizada, los tratantes tuvieron plena conciencia de la posibilidad de un desenlace fatal pero actuaron con indiferencia, sin modificar su conducta ni el plan médico, lo que implicó omisiones perjudiciales y el abandono del estado de salud del paciente.
La causa está caratulada como homicidio simple con dolo eventual, delito cuya pena prevista en expectativa va de ocho a 25 años de prisión según el Código Penal.
El neurocirujano Leopoldo Luque; la psiquiatra Agustina Cosachov; el psicólogo Carlos Díaz; la jefa de cuidados domiciliarios de Swiss Medical, Nancy Forlini; el enfermero Ricardo Omar Almirón; el coordinador de enfermería Mariano Perroni; y el médico Pedro Di Spagna ya declararon ante los jueces Alberto Gaig, Alberto Ortolani y Pablo Rolón en los tribunales de San Isidro.

