15 de enero de 2026
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Amparo contra el DNU que reforma la SIDE

Los diputados nacionales Mónica Frade, Maximiliano Ferraro y Esteban Paulón presentaron un amparo ante la Justicia Federal para declarar inconstitucional y nulo el DNU 941 del Poder Ejecutivo, que reestructuró y amplió las facultades de la SIDE.

El escrito sostiene que la norma impulsada por la Casa Rosada viola los límites constitucionales aplicables a un DNU de este tipo, al modificar la Ley de Inteligencia del Estado.

Solicitan además la suspensión del DNU 941 para impedir que los organismos de inteligencia operen bajo el nuevo régimen mientras se tramita el juicio de fondo.

Advirtieron sobre el “peligro en la demora” y afirmaron que permitir que un sistema de inteligencia con facultades de aprehensión funcione sin controles externos adecuados podría causar daños irreparables a las libertades individuales y al sistema republicano.

La causa fue radicada en el fuero Contencioso Administrativo Federal, con reserva del recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema.

Frade y Ferraro pertenecen al bloque de la Coalición Cívica, mientras que Paulón integra Provincias Unidas.

Según el escrito, el Ejecutivo firmó la norma el 31 de diciembre de 2025, 24 horas después de concluido el período de sesiones extraordinarias, y la publicó en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2026.

Por ello, los diputados sostienen que no había impedimento para que el Congreso tratara esas reformas en forma ordinaria, ya que ambas Cámaras estaban en funciones hasta el día anterior a la firma del decreto.

El escrito subraya que el núcleo del cuestionamiento al DNU 941/2025 es la oportunidad de su dictado, puesto que ambas Cámaras del Congreso estaban sesionando cuando se proyectó la norma.

Sostienen que el DNU no responde a una situación de urgencia sino a una decisión de política pública que debía haberse debatido en el Congreso.

También impugnan la norma por invadir materia penal, área expresamente vedada a los DNU y que, a su juicio, provoca nulidad absoluta.

El DNU 941/2025 incorpora el artículo 2° bis a la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520, que otorga al personal de inteligencia facultades de aprehensión en casos de flagrancia.

Los demandantes sostienen que esa disposición altera el régimen procesal penal vigente y asigna funciones de policía judicial a organismos de inteligencia, lo que contrariaría principios democráticos y la jurisprudencia constitucional.

El amparo también advierte un riesgo institucional por la mezcla de funciones entre la inteligencia estratégica y la seguridad interior.

La normativa crea la “Comunidad de Inteligencia Nacional” (CITN) y el “Centro Nacional de Ciberseguridad” (CNC), concentrando la producción de inteligencia bajo la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE).

En ese marco, el escrito califica de “despropósito” la inclusión de la Unidad de Información Financiera (UIF) dentro del CNC.

Argumentan que un organismo de investigación financiera pasaría a depender de un organismo de investigación política, lo que vulneraría la autonomía de la UIF y podría generar fricciones internas e internacionales.

Según los legisladores, la medida comprometería la autonomía y la confidencialidad de los Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) y podría exponer al país a sanciones de organismos internacionales como el Grupo de Acción Financiera (GAFI).

Los diputados además relacionaron el DNU con la decisión, también adoptada por esa vía, de aumentar el presupuesto de la SIDE en $26.118 millones.

Los legisladores advirtieron que “el decreto deja zonas grises, que son precisamente donde se consuman abusos de poder”.

En relación con la legitimación activa, Frade, Ferraro y Paulón sostienen que el uso de DNUs para reformar leyes de fondo lesiona sus prerrogativas como legisladores, al impedirles ejercer su derecho-deber de legislar.

Citan jurisprudencia que reconoce que, si un legislador no puede defender la integridad de la ley en los tribunales, se vacía de contenido la representación popular que ejerce.

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