La Justicia de Neuquén dictó una sentencia unánime que pone fin a meses de incertidumbre para la familia de Mariano Daniel Ibarra, el camionero de Coronel Dorrego que fue asesinado en Cutral Co durante un asalto violento.
El fallo fue firmado por los jueces Maximiliano Bagnat, Lisandro Borgonovo y Vanessa Macedo Font.
El hecho ocurrió el 2 de junio de 2025 frente a un comercio del barrio Pampa. Ibarra, de alrededor de 40 años, trabajaba en la localidad transportando harina para la empresa Zabalegui de Bahía Blanca. Mientras dos compañeros descargaban la mercadería sobre la calle General Paz, él permanecía en la cabina del camión cuando la situación derivó en un ataque fatal.
Según informó LM Neuquén, en la mañana del hecho dos personas armadas se acercaron al vehículo, rompieron un vidrio y lo amenazaron para exigirle sus pertenencias. La víctima tocó la bocina en un intento de alertar a sus colegas y pedir ayuda.
Brenda Ibarra, hermana de la víctima, relató que los agresores aparecieron en la ventana y que, pese a que él ofreció entregar todo y pidió que no le hicieran daño, fue golpeado. Aunque entregó su teléfono, efectos personales y 200.000 pesos en efectivo, los atacantes efectuaron tres disparos que lo hirieron gravemente.
Uno de los proyectiles impactó en el tórax. Ibarra sobrevivió casi un mes internado en una clínica de la capital neuquina, tiempo en el que pudo relatar lo sucedido a su familia, que viajó desde Coronel Dorrego para acompañarlo y afrontar los gastos de la estadía, incluso organizando una rifa para costearlos.
La fiscal Mayra Febrer llevó la investigación y, con base en pruebas materiales y testimonios, imputó a los hermanos Hernández como coautores de homicidio en ocasión de robo. Las pruebas permitieron determinar la participación de ambos y la existencia de una planificación previa; el juez Lisandro Borgonovo señaló que se trató de “una acción previamente concertada con división de tarea e inteligencia previa”.
En diciembre pasado, ante la contundencia de las pruebas, los hermanos admitieron su responsabilidad en el marco de un acuerdo con la Fiscalía. De ese modo evitaron un juicio oral prolongado, lo que la familia consideró una manera de evitar una revictimización adicional. La jueza Vanessa Macedo Font explicó que, al ponderar agravantes y atenuantes, se tuvo en cuenta la adhesión al procedimiento abreviado para evitar el juicio y la consecuente revictimización de la familia.
La resolución de esta semana fijó la pena en 13 años y 4 meses de prisión de cumplimiento efectivo para cada condenado. La sanción coincidió con el pedido de la fiscalía y fue calificada por la magistrada como “justa, razonable, proporcional, respetuosa de los principios constitucionales y adecuada a la finalidad de la pena” para el hecho por el cual fueron condenados.



