15 de enero de 2026
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Anestesista condenado por la muerte de un niño de 4 años

El 11 de julio de 2024, en el Sanatorio Juan XXIII de General Roca, estaba programada una intervención ambulatoria para Valentín Mercado Toledo, un niño de cuatro años. La cirugía prevista era la resolución de una hernia diafragmática, un procedimiento considerado rutinario y sin cuadro sintomático que motivara urgencia.

Ariana Toledo, su madre, acompañó a Valentín y no previó que la operación terminaría con el fallecimiento del niño y con un proceso penal contra el anestesista involucrado.

Ariana relató que Valentín ingresó caminando al quirófano y finalmente quedó con muerte cerebral. La causa penal por homicidio culposo contra el anestesista Mauricio Javier Atencio Krause derivó en un juicio cuya sentencia definitiva se fijó para el 3 de febrero de 2026; la fiscalía solicita prisión y una inhabilitación profesional.

En su resolución, el juez Emili Stadler señaló que el paciente no presentaba complicaciones previas y que el sanatorio disponía de tecnología de alta complejidad. El magistrado concluyó que, hacia el final de la cirugía, se produjo un taponamiento del tubo endotraqueal que impidió el ingreso de aire y que esto no fue detectado por la conducta negligente del anestesista.

Según la investigación, Atencio Krause abandonó el quirófano para buscar un cargador de celular y utilizó su teléfono mientras el niño permanecía bajo anestesia. También se identificaron deficiencias en la supervisión de los monitores y la falta de observación directa del paciente; además, en la sala no había un desfibrilador pediátrico disponible.

Una “operación breve”

El pediatra y cirujano Fernando Cordero informó a la familia que la intervención sería corta, de aproximadamente una a hora y media, y autorizó que la madre esperara en la habitación. A las ocho de la mañana Ariana despidió a su hijo, quien entró caminando al quirófano.

Con el paso de las horas la comunicación se diluyó. Hacia el mediodía, al no recibir novedades, Ariana interrogó al equipo médico. El cirujano explicó que Valentín había presentado un episodio de bradicardia y, por protocolo, sería trasladado a terapia intensiva.

En la unidad de terapia intensiva la familia encontró al niño conectado a distintos soportes, sedado y monitorizado. Los profesionales ofrecieron distintas versiones sobre su evolución: que se le podría retirar el respirador en horas, que despertaría y recuperaría funciones, o que podría quedar con secuelas; las explicaciones fueron contradictorias.

Durante la noche Valentín sufrió convulsiones, episodios febriles y se diagnosticó diabetes insípida, señales que los médicos asociaron con la posibilidad de muerte cerebral, sin una confirmación inmediata.

La familia recibió un certificado administrativo que consignaba “muerte encefálica” y, al pedir aclaraciones, Ariana observó que el diagnóstico había sido corregido a mano por el personal del sanatorio. Ante la falta de información clara presentó denuncias formales para conocer lo sucedido.

Un diagnóstico terminal y una verdad “en cuotas”

Seis días después, el 17 de julio, una junta médica integrada por el jefe de terapia, el cirujano, el neurólogo y otras autoridades del sanatorio comunicó a la familia que el daño cerebral era irreversible.

La explicación inicial sobre una “bradicardia” contrastó con la información que luego obtuvo Ariana: durante la cirugía Valentín había sufrido un paro cardíaco. Ante esa posibilidad, decidió investigar quién había supervisado la respiración del niño durante la intervención y, el 18 de julio de 2024, presentó una denuncia ante la fiscalía.

La reconstrucción judicial: celulares, monitores y ausencias fatales

Los testimonios del personal de quirófano fueron determinantes para reconstruir lo ocurrido. Instrumentistas y el enfermero circulante declararon que el anestesista abandonó el puesto sin aviso ni reemplazo y que se lo vio en el pasillo buscando un cargador para su celular mientras la cirugía continuaba.

Una instrumentista afirmó que, a su regreso al quirófano, Atencio Krause permanecía más atento a la pantalla del teléfono que a los monitores. Varias fuentes coincidieron en que, en un momento crítico, el brazo de Valentín se tornó cianótico y el monitor estaba apagado.

Al reconectar el equipo, constataron un paro cardíaco. El anestesista anunció la situación y entró en estado de shock; fueron convocados otros dos anestesistas. Las actuaciones judiciales describen que, durante parte importante de la intervención, la máquina de anestesia estuvo apagada o desconectada, lo que privó al paciente de una adecuada oxigenación. Los registros del capnógrafo muestran una pausa de al menos veinte minutos sin datos.

Peritos y testigos explicaron en el juicio que el monitoreo de signos vitales debe ser responsabilidad de un profesional en anestesia en todo momento y que no es admisible delegarlo a enfermería o instrumentación; si el anestesista abandona su puesto debe ser reemplazado inmediatamente.

Además de la ausencia de supervisión y el uso del teléfono, se sumó la falta de un desfibrilador pediátrico en la sala. Al producirse el paro, el personal tuvo que recurrir a un desfibrilador cuyas paletas eran de tamaño inadecuado para un niño.

Ariana afirmó que nunca se supo con certeza cuánto tiempo estuvo Valentín sin oxígeno y lamentó que el anestesista no manifestara arrepentimiento ni ofreciera disculpas a la familia.

El 3 de febrero de 2026 se deberá dictar la sentencia final, que establecerá la pena de prisión y la inhabilitación profesional para el anestesista. Independientemente del fallo, las pruebas y los testimonios ya permitieron reconstruir la secuencia de hechos ocurrida dentro del quirófano.

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