El Gobierno nacional avanzó en una reforma integral del sistema de inteligencia mediante el decreto de necesidad y urgencia 941/2025, firmado por el presidente Javier Milei y su Gabinete. La norma, publicada en el Boletín Oficial, introduce cambios importantes en la Ley de Inteligencia Nacional: redefine competencias, reorganiza estructuras, crea nuevos espacios de coordinación interinstitucional y establece criterios más precisos para la producción de inteligencia estratégica por parte del Estado.
La transformación de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) es el eje central del decreto y forma parte de un proceso de reorganización iniciado en 2024. El diagnóstico oficial señala que el sistema acumuló funciones superpuestas, estructuras sobredimensionadas y dificultades para integrar información dispersa entre distintos organismos, además de incertidumbres normativas sobre el alcance de las tareas de inteligencia nacional.
Fuentes oficiales confirmaron que la conducción actual de la SIDE no cambia: Cristian Auguadra seguirá como titular y Diego Kravetz como segundo. Auguadra proviene de la estructura de inteligencia y había ocupado cargos en Asuntos Internos, donde fue sucedido por Diego Enrique Valdiviezo.
Según el Gobierno, la reforma fue impulsada por el asesor Santiago Caputo y busca ordenar el sistema en su conjunto, no consolidar poder interno de la SIDE. En ese sentido, el decreto limita ciertas capacidades del organismo al retirarle competencias que no corresponden a su función específica.
Desde la oposición se expresaron dudas y anunciaron que la Comisión Bicameral de Inteligencia pedirá informes a la Casa Rosada. No obstante, al tratarse de un DNU, el Ejecutivo dispone de los votos necesarios para mantener su vigencia mientras sea evaluado por el Congreso.
Un ejemplo destacado de la nueva orientación es la separación entre ciberinteligencia y ciberseguridad: la SIDE conservará la ciberinteligencia, centrada en la producción de información, mientras que las tareas de protección de infraestructuras digitales y sistemas críticos se transfieren a la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la Jefatura de Gabinete, a cargo de Manuel Adorni, con un enfoque técnico y de gestión.
Un sistema con fragmentación y superposiciones
Desde la sanción de la Ley de Inteligencia Nacional en 2001, el sistema incorporó diversos organismos y subsistemas que no siempre lograron articularse eficazmente. Reformas parciales a lo largo de más de dos décadas corrigieron algunos problemas pero generaron nuevas capas organizativas, con duplicación de funciones y dificultades para la integración de información.
El decreto parte de la conclusión de que la falta de coordinación entre productores de inteligencia derivó en esfuerzos duplicados, vacíos en la detección temprana de amenazas y un uso ineficiente de recursos. La independencia funcional de subsistemas, especialmente los vinculados a seguridad interior y defensa, complicó la consolidación de una lectura estratégica unificada.
La iniciativa se presenta como una reforma de segunda generación, orientada a consolidar cambios previos y resolver problemas estructurales persistentes para lograr una producción de inteligencia estratégica basada en información integrada, oportuna y verificable.
Las funciones delimitadas de la SIDE
El decreto reafirma a la SIDE como órgano superior del Sistema de Inteligencia Nacional, encargado de la planificación estratégica, la coordinación interinstitucional y la producción de inteligencia nacional. Entre sus atribuciones está articular el funcionamiento del sistema, coordinar relaciones con servicios extranjeros y centralizar información de los distintos subsistemas para elevarla al Presidente.
Si bien este rol ya existía en la ley vigente, las autoridades sostienen que su cumplimiento efectivo requería nuevos mecanismos formales de coordinación para que la conducción deje de ser sólo normativa y funcione sistemáticamente.
Al mismo tiempo, la norma aclara que la SIDE no realiza tareas policiales ni de seguridad interior ni persigue delitos concretos: su misión es producir inteligencia estratégica, anticipada y objetiva para la toma de decisiones del Poder Ejecutivo, despejando ambigüedades acumuladas en el tiempo.
Achicamiento y recorte de competencias
Lejos de ampliar su alcance, el decreto limita competencias de la SIDE para concentrarla en su misión específica. El sistema de inteligencia no se ocupará de la investigación criminal ni de la ejecución de políticas de seguridad interior. En particular, se retiran del organismo funciones vinculadas a la protección operativa de infraestructuras digitales, que se asignan a entidades con perfil técnico y de gestión, atendiendo al principio de especialización.
La regulación de las aprehensiones en el marco de las tareas de inteligencia
El decreto regula expresamente la posibilidad de que personal de inteligencia realice aprehensiones en supuestos delimitados. No se confieren funciones policiales ni judiciales a los organismos de inteligencia; la facultad operativa queda circunscrita a la protección de instalaciones, bienes, personal, operaciones e información del Sistema de Inteligencia Nacional, a situaciones de auxilio o requerimiento judicial y a delitos en flagrancia.
Cuando el personal de inteligencia proceda a una aprehensión, deberá notificar de inmediato a las fuerzas policiales y de seguridad competentes. Con ello se busca otorgar claridad jurídica a intervenciones que puedan surgir durante actividades de inteligencia, estableciendo límites y procedimientos para su materialización en contextos excepcionales.
El alcance de esta facultad se incorpora a la Ley de Inteligencia Nacional mediante el artículo 10 nonies, que autoriza a los órganos del Sistema de Inteligencia Nacional a garantizar su propia seguridad y la de sus instalaciones y personal, y a proceder a repeler agresiones o, en contextos de auxilio, requerimiento judicial o delitos en flagrancia, efectuar aprehensiones con aviso inmediato a las fuerzas de seguridad.
Contrainteligencia: un concepto redefinido
La Agencia de Seguridad Nacional se transforma en la Agencia Nacional de Contrainteligencia y se especializa exclusivamente en tareas de contrainteligencia. Su misión será identificar y analizar, con enfoque preventivo, amenazas a la seguridad estratégica nacional, incluidas acciones de espionaje, sabotaje, injerencia e influencia por parte de actores externos, estatales o no estatales.
El nuevo marco busca delimitar un campo que en el pasado tuvo límites difusos y concentrar la protección del Estado frente a amenazas externas, separándolo de la política interna y de la investigación criminal.
Ordenamiento del subsistema de inteligencia militar
El decreto introduce un cambio estructural en la inteligencia militar: disuelve la Dirección Nacional de Inteligencia Estratégica Militar y centraliza la producción de inteligencia estratégica militar en el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas. La medida pretende simplificar la estructura, eliminar duplicidades y fortalecer el asesoramiento al Ministerio de Defensa y al Poder Ejecutivo.
Ciberinteligencia y ciberseguridad: separación de planos
Se establece de forma explícita la separación entre ciberinteligencia y ciberseguridad. La Agencia Federal de Ciberseguridad pasa a ser Agencia Federal de Ciberinteligencia, subordinada a la SIDE, con competencia exclusiva en inteligencia en el ciberespacio y el espectro radioeléctrico.
En paralelo, se crea el Centro Nacional de Ciberseguridad, organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la Jefatura de Gabinete, que será la autoridad nacional encargada de la protección de infraestructuras críticas digitales, activos tecnológicos estratégicos del Estado y sistemas de servicios públicos esenciales.
Comunidades de Inteligencia e Informativa
El decreto crea dos ámbitos permanentes de coordinación: la Comunidad de Inteligencia Nacional y la Comunidad Informativa Nacional. La primera integra a los organismos del Sistema de Inteligencia Nacional, las áreas de inteligencia de las Fuerzas Armadas y de las fuerzas de seguridad federales y la Unidad de Información Financiera. La segunda incluye a organismos públicos que generan información relevante para la inteligencia estratégica, como Migraciones, Renaper, Aduana, Cancillería y otros sectores sensibles.
El intercambio de información entre estos actores deberá realizarse mediante procedimientos formales con mecanismos de registro y trazabilidad, garantizando un flujo ordenado y verificable dentro del Estado.
Controles internos y respaldo normativo
La reforma refuerza controles internos con la creación de la Inspectoría General de Inteligencia, con funciones de auditoría, inspección y control de legalidad, desempeño y uso de recursos. Además, el decreto incorpora definiciones más precisas sobre las tareas autorizadas y las prohibiciones para el personal de inteligencia, con el objetivo de brindar mayor seguridad jurídica en funciones sensibles.
En materia de designaciones, los titulares de los organismos desconcentrados de la SIDE serán nombrados por el secretario de Inteligencia, mientras que el Inspector General continuará siendo designado por el Poder Ejecutivo Nacional, en atención a su rol de control.
Normalización institucional
En conjunto, la reforma por decreto busca normalizar un sistema históricamente fragmentado: clarificar funciones, eliminar superposiciones y mejorar la integración del sistema de inteligencia con el resto del Estado. La norma entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial y será analizada por la Comisión Bicameral de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia del Congreso, conforme al procedimiento previsto para los DNU.
Desde el Gobierno sostienen que el objetivo es dotar al Estado de un sistema de inteligencia más integrado, especializado y previsible, capaz de producir información estratégica útil para la toma de decisiones en un contexto regional e internacional cada vez más complejo.
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