27 de enero de 2026
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ANMAT suspende venta de productos capilares por componente peligroso

En la madrugada de este martes se publicaron en el Boletín Oficial varias disposiciones por las que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, el uso, la distribución y la publicidad de distintos productos sanitarios, cosméticos y medicamentos que no contaban con los registros exigidos. La medida, tomada tras investigaciones iniciadas por denuncias y reportes de consumidores, apunta a proteger la salud pública frente a la circulación de productos de origen desconocido y sin control de calidad, incluidos artículos comercializados por medios electrónicos en todo el país.

En relación con los cosméticos, el organismo detectó la venta en plataformas digitales de una amplia gama de productos capilares bajo la marca SUAD. Según ANMAT, ninguno de estos productos —entre los que figuran alisadores con distintas denominaciones, tratamientos capilares y champús— contaba con la inscripción sanitaria correspondiente, lo que impide verificar su composición y seguridad para los usuarios.

En particular, ANMAT advirtió sobre los riesgos potenciales de los alisadores que podrían contener formol, una sustancia cuyo uso para alisar el cabello está prohibido por su capacidad de liberar vapores tóxicos. La exposición puede provocar reacciones agudas (ardor, picazón e irritación en piel, ojos y vías respiratorias) y, con exposiciones crónicas, elevar el riesgo de desarrollar cáncer.

La disposición ordenó prohibir el uso, la venta y la distribución de todos los productos SUAD, en cualquier lote o presentación. La ANMAT fundamentó la decisión en la falta de inscripción y en la ausencia de datos del establecimiento elaborador, condiciones que impiden garantizar su eficacia y seguridad.

Asimismo, la autoridad sanitaria dispuso la prohibición de circulación del medicamento extranjero MENTISAN, un ungüento mentolado fabricado en Bolivia, luego de que la Dirección de Gestión de Información Técnica verificara que no estaba inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales de la República Argentina.

Según la publicación oficial, MENTISAN se promocionaba como tratamiento para problemas respiratorios, irritaciones cutáneas, heridas leves y otras afecciones, por lo que se lo considera medicamento según la normativa local.

Dado que se desconoce su procedencia y las condiciones de elaboración, ANMAT lo consideró un riesgo para la salud pública y dispuso la prohibición total de su uso, distribución y comercialización en todo el territorio nacional hasta que obtenga las autorizaciones correspondientes.

En cuanto a productos domisanitarios, una consulta ciudadana permitió constatar que el “Fungy Clean. Spray Anti-Hongos y Moho” tampoco estaba inscripto ante ANMAT ni ante la autoridad sanitaria de la provincia de Buenos Aires. Tras intentos infructuosos de notificar al supuesto remitente en Berazategui, el organismo verificó la ausencia de registros y resolvió prohibir la elaboración, el uso, la comercialización, la publicidad y la distribución de todas sus presentaciones, tanto a nivel nacional como en plataformas electrónicas, hasta que se regularice la situación.

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En las resoluciones, el administrador nacional —en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92— ordenó la adopción inmediata de estas medidas y dispuso la comunicación de las prohibiciones a las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, además de notificar a los departamentos internos correspondientes dentro de ANMAT.

Los procedimientos realizados por los servicios de control de mercado, domisanitarios, cosméticos y cadena de distribución sostienen las acciones adoptadas para evitar el uso y la difusión de productos ilegítimos. Estas medidas se justifican en la necesidad de proteger a los consumidores frente a artículos cuya fabricación, composición y control no pueden verificarse conforme a la normativa vigente.

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