La Justicia laboral suspendió provisionalmente más de 80 artículos de la reforma laboral impulsada por el Gobierno, a raíz de una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT).
El escrito, firmado por el triunvirato de la central —Jorge Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo—, consiguió frenar una parte significativa de la Ley de Modernización Laboral (N.o 27.802), sancionada el 27 de febrero.
El Juzgado Nacional de Trabajo advirtió sobre la posible “afectación de derechos constitucionales” y el riesgo de “perjuicio inminente” para los trabajadores, por lo que ordenó la suspensión provisoria de los artículos impugnados hasta que se dicte la sentencia definitiva.
En la misma línea, Ojeda afirmó que la cautelar se apoya en la “verosimilitud del derecho” y en el riesgo de que la aplicación de las nuevas normas pueda provocar una ruptura de derechos laborales adquiridos.
En la cautelar se sostiene que la CGT “posee legitimación activa” para impugnar los artículos señalados, relacionados con los “derechos de sindicalización, negociación colectiva y huelga”, teniendo en cuenta también las situaciones individuales comunes y homogéneas de grupos de trabajadores reguladas por la normativa vigente.
Por ahora, la suspensión se mantiene con carácter provisional mientras se resuelve la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de la ley.
“Se solicita la declaración de inconstitucionalidad de un conjunto de disposiciones de la reciente ley 27.802, cuya resolución no corresponde al ámbito limitado de una medida cautelar. En esta etapa corresponde adoptar una consideración general prudente que permita tomar una decisión provisoria y preservar la paz social hasta la sentencia definitiva, luego de un debate más profundo”, concluye el texto.




