26 de junio de 2026
Buenos Aires, 13 C

Corte Suprema confirma condena por masacre en Carmen de Patagones

La Corte Suprema, con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, confirmó la obligación del Estado nacional y de la provincia de Buenos Aires de indemnizar a las víctimas de la masacre de Carmen de Patagones ocurrida el 28 de septiembre de 2004, cuando Rafael Solich, entonces de 15 años, mató a tres compañeros e hirió a cinco en la escuela Islas Malvinas.

Con esa decisión la Corte rechazó los recursos presentados por el Estado nacional (a través del Ministerio de Seguridad en representación de la Prefectura Naval) y por la Fiscalía de Estado bonaerense (en nombre de la Dirección General de Cultura y Educación). Los recursos fueron declarados inadmisibles conforme al artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

El fallo se dictó en la causa por daños y perjuicios iniciada por la madre de Sandra Núñez, una de las víctimas fatales. El tribunal ya había adoptado una resolución similar el año anterior en la demanda de la familia de Federico Ponce, otra víctima.

La familia de la tercera víctima, Evangelina Miranda, también presentó una demanda; ese expediente recibió sentencia de primera instancia en octubre de 2024.

La responsabilidad de la escuela

Los familiares demandaron a la escuela y a la Prefectura Naval, porque el agresor era hijo de un prefecto y utilizó un arma de esa fuerza para cometer el ataque.

La justicia federal de Bahía Blanca consideró que, según el artículo 1117 del Código Civil vigente entonces, los propietarios o responsables de establecimientos educativos —públicos o privados— responden por los daños causados o sufridos por alumnos menores bajo la autoridad educativa, salvo que prueben caso fortuito.

En primera y segunda instancia se concluyó que no hubo una respuesta diligente de las autoridades ante los antecedentes de conducta de Solich. El sumario administrativo mostró que varios integrantes del establecimiento advirtieron que la conducta de “Juniors” resultaba alarmante y podía representar un riesgo, pero no se tomaron medidas efectivas.

La causa atribuyó además responsabilidad a la Prefectura porque era titular del arma utilizada; según el fallo, el padre de Solich incumplió el deber de custodia del arma.

Cómo fue la masacre en un aula de primero B

Los alumnos cursaban primero B del Polimodal en la Escuela de Enseñanza Media Nro. 202 de Carmen de Patagones. La mañana del 28 de septiembre de 2004, tras el izamiento de la bandera, Solich ingresó al aula, se paró frente a sus compañeros, sacó el arma y disparó de forma indiscriminada.

El ataque dejó tres muertos y cinco heridos. Ante la jueza de menores que instruyó la causa, Solich declaró: “Cuando tiré, no era yo”, y fue considerado inimputable.

Rafael “Juniors” Solich, actualmente de 37 años, lleva aproximadamente veinte años bajo tutela judicial y recibe tratamiento ambulatorio a través de una institución neuropsiquiátrica.

El hecho ocurrió alrededor de las 7.35. Murieron Sandra Núñez, Evangelina Miranda y Federico Ponce; resultaron gravemente heridos Nicolás Leonardi, Natalia Salomón, Cintia Casasola, Pablo Saldías y Rodrigo Torres.

El Estado nacional y la provincia pidieron a la Corte que revisara las condenas, calificándolas de arbitrarias. La Prefectura indicó que, con ese criterio, debería inspeccionar diariamente los domicilios de sus 35.000 efectivos para controlar el almacenamiento de armas, mientras que la Fiscalía bonaerense sostuvo que lo ocurrido fue imprevisible e inevitable.

No obstante, la Corte resolvió este jueves que las familias de las víctimas fatales deben ser indemnizadas.

Artículo anterior

Patinadora que luchó por clasificar a los Panamericanos se consagró campeona

Artículo siguiente

Mujer condenada por matar a su esposo tras alegar que cayó sobre un cuchillo

Continuar leyendo

Últimas noticias

Comienza el Mundial en: