La Secretaría de Energía estableció un cambio en el mecanismo de actualización de las tarifas de gas que comenzará a aplicarse en agosto de 2026. Según la normativa, las diferencias entre el precio estimado del gas y lo efectivamente pagado a los productores se incorporarán a las facturas con mayor frecuencia.
La medida fue dispuesta por la Resolución 167/2026 y tiene como objetivos garantizar el abastecimiento del servicio y atenuar el impacto de las variaciones estacionales en las boletas de los usuarios.
Qué cambia
Hasta ahora, las distribuidoras acumulaban las diferencias y las trasladaban a las tarifas en períodos que generaban ajustes pronunciados, sobre todo en invierno, cuando aumentan tanto el consumo como el costo del gas.
Con el nuevo mecanismo, las correcciones se efectuarán cada dos meses, lo que permitirá distribuir los ajustes en intervalos más cortos y evitar aumentos bruscos en una sola factura.
La Secretaría de Energía explicó que el sistema anterior producía un “doble efecto estacional”: las empresas enfrentaban mayores costos de compra al mismo tiempo que crecía la demanda, acumulando diferencias que después repercutían de forma significativa en las tarifas.
Desde cuándo entra en vigencia
La resolución instruye al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) a adaptar los procedimientos tarifarios para aplicar este mecanismo en los cuadros tarifarios de agosto de 2026.
En ese momento se realizará la determinación inicial de las diferencias diarias acumuladas (DDA) bajo el nuevo esquema, que servirá como referencia para las futuras actualizaciones bimestrales.
El objetivo del cambio es que las variaciones en el precio del gas se trasladen a las facturas de manera más gradual, reduciendo la volatilidad de cada ajuste individual.

