El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) declaró una alerta sanitaria por sarna ovina causada por el ácaro Psoroptes ovis en siete departamentos de la provincia de Chubut. La medida, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, busca contener la expansión de una enfermedad que amenaza la producción ganadera en la Patagonia.
La resolución publicada en el Boletín Oficial comprende los departamentos de Gastre, Telsen, Cushamen, Languiñeo, Paso de Indios, Mártires y Gaiman. En esas zonas se ordenó intensificar las acciones de prevención, vigilancia y control, y establecer la denuncia obligatoria ante cualquier sospecha o confirmación de sarna ovina.
La obligación de denunciar y colaborar con las medidas sanitarias recae en autoridades de todos los niveles, veterinarios, transportistas, responsables de explotaciones ganaderas, universidades, organismos de investigación, zoológicos, laboratorios y cualquier persona física o jurídica vinculada a la cadena agroalimentaria.
La medida responde a la reaparición de la enfermedad en áreas que habían sido declaradas libres tras campañas sanitarias previas, lo que motivó la adopción de controles más estrictos.
La sarna ovina, provocada por el ácaro Psoroptes ovis, afecta la piel de los animales, reduce la calidad de la lana y puede ocasionar pérdidas económicas significativas para los productores.
Actualmente, la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur permanece libre de la enfermedad; Chubut y Santa Cruz habían alcanzado ese estatus en 2016 y 2023, respectivamente, pero la detección de nuevos focos en Chubut encendió las alarmas sanitarias.
El documento señala que los tratamientos inyectables tradicionales basados en lactonas macrocíclicas (avermectinas y milbemicinas) no lograron erradicar la sarna ovina en la totalidad de los animales tratados.
Ensayos oficiales realizados entre 2018 y 2024 en el Campo Experimental Las Plumas de SENASA concluyeron que los inyectables de lactonas macrocíclicas sometidos a prueba no aseguraron la eliminación del ácaro Psoroptes ovis en el 100 % de los animales bajo tratamiento.
Por este motivo, SENASA dispuso que los productos veterinarios inyectables, nacionales o importados, destinados al tratamiento de la sarna ovina deben llevar en su rótulo la leyenda: “PRODUCTO APTO PARA EL CONTROL DE LA SARNA OVINA”.
En contraste con los inyectables, los baños por inmersión con productos aprobados por SENASA demostraron ser efectivos para erradicar la enfermedad en los ensayos realizados.
Ante la detección de un caso, los responsables de los rebaños deben informar de inmediato a las autoridades sanitarias, tratar toda la majada bajo la supervisión de veterinarios acreditados o personal designado por la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) de Chubut, y permitir el ingreso de agentes oficiales para fiscalizar las tareas de control.
El traslado de ovinos y sus productos desde zonas bajo alerta hacia áreas libres queda sujeto a condiciones estrictas: para mover animales vivos se exige un tratamiento preventivo con dos baños por inmersión, con un intervalo de diez a doce días entre ellos, realizados dentro de los siete días previos al traslado; además se requiere un Certificado de Inspección Sanitaria Oficial y un aislamiento cuarentenario de veinticuatro días en el establecimiento de destino, donde los animales serán inspeccionados antes de integrarse a la majada. Los movimientos con destino a faena inmediata tienen requisitos específicos según el frigorífico receptor.
La resolución faculta a la Dirección Nacional de Sanidad Animal de SENASA a incorporar otros departamentos de Chubut a la alerta sanitaria, prorrogar la vigencia de la medida y adoptar acciones adicionales conforme evolucione la situación epidemiológica.
El incumplimiento de las disposiciones será sancionado según lo previsto en la Ley 27.233 y su decreto reglamentario, además de las medidas preventivas que pueda disponer el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.
La medida entró en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial con el objetivo de proteger las zonas libres, evitar la propagación de la sarna ovina y preservar la calidad de los productos de origen animal, en consonancia con los requisitos sanitarios nacionales e internacionales.


