La Argentina alcanzó en 2025 un récord en adopciones y guardas preadoptivas, según datos del Ministerio de Justicia de la Nación. El año cerró con 977 procesos concretados, por encima de los 866 registrados en 2024 y del doble de los 657 de 2023.
Desde el ministerio resaltaron su compromiso por “fortalecer a las familias, que son el núcleo y base de nuestra sociedad, y acompañar a quienes eligen construirlas a través de la adopción”.
El informe oficial señala que 2025 es el año con mejores indicadores históricos en adopciones y guardas preadoptivas. En 2024, en un contexto nacional complejo, se gestionaron 866 guardas preadoptivas registradas, mientras que en 2023 la cifra fue de 657.
Cómo adoptar
Quienes deseen adoptar en Argentina deben realizar el trámite ante el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA). El proceso está abierto a matrimonios, personas en unión convivencial y personas solas dispuestas a asumir la responsabilidad de la custodia y crianza.
El RUAGA, dependiente del Ministerio de Justicia, exige que los postulantes tengan al menos 25 años. También requiere nacionalidad argentina o, en el caso de extranjeros, acreditar residencia en el país por al menos cinco años. El trámite se dirige a quienes no estén inscriptos en registros previos.
Para iniciar el procedimiento, cada interesado debe contactar al registro correspondiente a su domicilio, donde le informarán la documentación específica a presentar. El portal oficial aclara que “cada jurisdicción puede requerir documentos ajustados a las leyes locales”, por lo que pueden existir diferencias entre provincias.
La inscripción es “única y válida para todo el país”, indica el Gobierno nacional. El trámite es gratuito, personal y no requiere intermediarios ni abogados. El organismo recomienda utilizar siempre los canales institucionales y ofrece un tutorial y un correo de contacto para consultas.
Las autoridades del Registro de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos advierten que el plazo para completar el trámite varía según la jurisdicción y se comunica individualmente a cada solicitante.
Una historia de vida
Nata, un adolescente de 14 años alojado en un hogar de Rosario, Santa Fe, difundió un video en el que expresa su deseo de integrarse a una familia por adopción. La publicación contó con la autorización de su abogada y de la jueza a cargo del expediente.
Tras la difusión, el RUAGA de Santa Fe recibió más de 500 inscripciones de familias de Argentina y del exterior. El video, de un minuto y cuarenta segundos, muestra a Nata manifestando su voluntad de “tener un papá y una mamá”.
El plazo para inscribirse como aspirante a guarda vence el 20 de diciembre. Las autoridades renovaron el llamado a quienes quieran iniciar el trámite, con el objetivo de ampliar el número de postulantes dispuestos a adoptar a un adolescente en situación de abrigo.
Las nuevas normativas porteñas orientadas hacia las infancias sin cuidados parentales
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó tres leyes destinadas a mejorar la situación de niños, niñas y adolescentes sin cuidados parentales: una asignación económica para cuidadores, un cupo laboral prioritario y estándares de calidad para hogares de cuidado.
La primera ley crea la asignación económica “Cuidado por familiares y referentes afectivas/os” para quienes asuman el cuidado de menores separados de su familia nuclear por decisión administrativa. El beneficio equivale al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil por niño, y al 150% en casos de discapacidad, con el objetivo de evitar la institucionalización y favorecer la permanencia en entornos familiares o comunitarios.
La segunda norma establece un cupo laboral prioritario en la administración pública local para jóvenes de 18 a 25 años que egresaron de dispositivos de cuidado bajo medidas de protección excepcional. Las vacantes en los tres poderes de la Ciudad deberán ofrecerse prioritariamente a estas personas. La ley permite el acceso al empleo público aunque no hayan completado la educación obligatoria, con el compromiso de finalizarla, e incluye capacitación, orientación y acompañamiento para la autonomía.
La tercera ley fija estándares de calidad y condiciones de habitabilidad para los hogares que alojan a menores sin cuidados parentales. Establece criterios sobre capacidad máxima, seguridad edilicia, presencia de operadores, alimentación, atención médica, higiene, accesibilidad, educación y protección de la intimidad, buscando alinear el funcionamiento de los hogares porteños con estándares nacionales e internacionales y priorizar el interés superior del niño.


