15 de enero de 2026
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Nueve militares retirados condenados por torturas durante la dictadura uruguaya

Nueve militares uruguayos fueron condenados a penas de entre 11 y 15 años y seis meses de prisión por torturas cometidas durante la última dictadura militar (1973-1985). El juicio se relacionó con hechos conexos al asesinato del médico de San Javier, Vladimir Roslik, quien murió bajo tortura en 1984 y cuyo caso fue uno de los últimos delitos de ese periodo.

San Javier es una localidad del departamento de Río Negro, con costa sobre el río Uruguay y fronteriza con Argentina. Por ese motivo, la audiencia de este lunes se realizó en Fray Bentos, la capital departamental, con sala llena. El juez Claudio de León leyó la sentencia durante más de cuatro horas y, además, pidió perdón en nombre del Estado por las violaciones cometidas durante la dictadura.

Las condenas fueron impuestas a Óscar Mario Roca, Dardo Ivo Morales y Abel Pérez, que recibieron 15 años y seis meses de prisión; a Héctor Caubarrerre y Jorge Soloviy, con 14 años y seis meses; a Daniel Castellá y Rodolfo Costas, con 13 años y seis meses; y a Luis Estebenet, con 11 años y seis meses, según informó El Observador.

Se les endilgó la comisión reiterada de delitos como privación de libertad, abuso de autoridad y lesiones graves.

El médico militar Eduardo Saiz también fue condenado a 13 años de prisión. La justicia lo consideró partícipe de las sesiones de tortura al supervisar el estado de los detenidos y evaluar si podían seguir siendo sometidos a tormentos.

El juez Claudio de León aceptó el pedido formulado por el fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, al fijar las penas. El magistrado analizó las descripciones de cada método de tortura relatado por testigos y sus consecuencias para determinar la tipificación de los hechos, según la crónica de La Diaria.

De León sostuvo que “los hechos relatados por la Fiscalía fueron sobradamente probados” durante la audiencia, rechazando la defensa que alegaba que los militares eran juzgados únicamente por su cargo sin vínculo directo con los hechos investigados.

El juez destacó además la dificultad de separar la responsabilidad de los mandos: afirmó que es “casi imposible pensar que el jefe de un batallón no supiera quiénes eran los detenidos” bajo su jurisdicción, en referencia a Roca. Identificó a Caubarrerre como responsable del comando que ejecutó el operativo de 1984 y consideró que la participación del médico Saiz “fue crucial”, al punto de que el delito no podría haberse consumado sin su intervención.

Al leer la sentencia, el juez concluyó que las conductas de los imputados constituyen crímenes de lesa humanidad.

La causa abarcó dos episodios represivos contra vecinos de San Javier. El primero ocurrió en 1980, en el marco del plebiscito impulsado por la dictadura para intentar una reforma constitucional que la legitimara. Las fuerzas represivas montaron la versión de una supuesta célula comunista vinculada al Partido Comunista y a la Unión Soviética, y detuvieron y torturaron a unas 20 personas de la localidad.

El otro operativo investigado tuvo lugar en abril de 1984, cuando los militares difundieron la falsa historia de un submarino que traía armas rusas a San Javier y señalaron al médico Vladimir Roslik como líder de esa supuesta célula. Roslik fue asesinado el 16 de abril de 1984.

El homicidio de Roslik no se juzgó en esta causa porque, en 2021, la Suprema Corte de Justicia de Uruguay consideró que su expediente no podía reabrirse en sede penal al haber sido resuelto previamente por la Justicia Militar.

Ahora, un Tribunal de Apelaciones decidirá si las penas se cumplen en forma efectiva en prisión común o si los condenados cumplen prisión domiciliaria.

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