15 de enero de 2026
Buenos Aires, 22 C

Confirmaron el procesamiento del gendarme que disparó a Pablo Grillo

La Cámara Federal de la Ciudad de Buenos Aires confirmó este jueves el procesamiento de Héctor Guerrero, cabo primero de la Gendarmería Nacional, por el lanzamiento de una granada de gas lacrimógeno que impactó en la cabeza del fotógrafo Pablo Nahuel Grillo durante la marcha en defensa de los jubilados del 12 de marzo, en inmediaciones del Congreso.

El tribunal también ratificó un embargo sobre los bienes del imputado por 203 millones de pesos; Guerrero continúa en libertad. La resolución fue adoptada por la Sala II de la Cámara Federal porteña.

En el voto conjunto, los magistrados Martín Irurzun y Eduardo Farah rechazaron las defensas planteadas y confirmaron la calificación provisional: lesiones gravísimas agravadas por abuso de la función, en concurso real con abuso de armas, reiterado en cinco oportunidades.

Los jueces señalaron que está acreditado que Guerrero “disparó seis veces su arma con municiones de granadas de gas lacrimógeno” y que una de esas detonaciones “impactó en el cráneo de Pablo Grillo, provocándole lesiones graves y gravísimas que pusieron en riesgo su vida”.

Las pruebas

El voto mayoritario indicó que las pruebas reunidas —videos periodísticos, tomas desde drones, registros oficiales y peritajes médicos y balísticos— son “coherentes y complementarias” y permiten reconstruir con precisión la secuencia del hecho.

Los jueces destacaron que el disparo se realizó “prácticamente en forma horizontal, en dirección hacia los cuerpos de los manifestantes”, una forma de empleo del armamento expresamente prohibida.

Al rechazar la tesis defensiva sobre la supuesta imprevisibilidad del disparo, Irurzun y Farah señalaron que que el hecho de que el arma no sea de precisión no impide que pueda dirigirse hacia un punto determinado, y que la reiteración de los disparos indica un patrón de conducta incompatible con un error o una contingencia.

“La conducta asumida por el imputado de apuntar y disparar directa y reiteradamente contra personas evidencia un apartamiento de sus deberes característico del abuso funcional”, sostuvieron los jueces, que consideraron adecuada la aplicación de las agravantes previstas en el Código Penal.

Respecto de la granada que primero atravesó una barricada de madera, el tribunal fue enfático: las filmaciones muestran que el proyectil, luego de perforar la madera, siguió su trayectoria hasta el cráneo de Pablo Grillo.

También rechazaron el argumento de que existiera autorización reglamentaria para disparar de esa manera. Citando el manual del fabricante y estándares internacionales, afirmaron que, en ningún caso —largo, medio o corto alcance— los cartuchos deben ser disparados apuntando hacia personas, por el alto riesgo de lesiones graves o muerte.

Disparos directos

En ese contexto, los camaristas concluyeron que las imágenes muestran al imputado realizando disparos directos, en sentido horizontal, hacia el conjunto de personas, con la aparente intención de alcanzarlas, diferenciando su conducta de otros agentes que dispararon en ángulo ascendente.

La Cámara consideró que el embargo fue adecuado y proporcional, en atención a la gravedad de los hechos, la cantidad de actores procesales involucrados y la diversidad de peritajes realizados y pendientes.

En su voto, el camarista Roberto Boico señaló la necesidad de profundizar la investigación sobre eventuales responsabilidades de las autoridades a cargo del operativo en el que Guerrero actuó.

Boico también consideró que el agente “tenía pleno conocimiento del carácter de arma de la pistola lanza gases marca ‘FM’, número de serie 00660, y la voluntad de disparar contra el conjunto de personas que integraban la manifestación”.

Según Boico, aunque no dirigió los disparos a una persona concreta, expuso objetivamente a un grupo a un peligro concreto con plena conciencia del riesgo: cada expulsión de proyectil fue una acción voluntaria y el acusado fue quien orientó los disparos hacia quienes protestaban frente al Congreso de la Nación.

El procesamiento fue dictado en primera instancia por la jueza federal María Servini, quien ahora deberá decidir si cierra la investigación y eleva la causa a juicio oral.

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