25 de marzo de 2026
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Gobierno integra título y matrícula para profesionales de la salud

La Resolución 415/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial autoriza a las autoridades sanitarias y sociales a suscribir convenios de colaboración con el fin de simplificar trámites y ampliar beneficios vinculados a la salud y la discapacidad.

La medida apunta a coordinar la gestión de títulos profesionales y matrículas nacionales, además de mejorar el acceso a servicios y derechos de las personas con discapacidad.

El objetivo declarado es reducir plazos y burocracia, facilitando el ejercicio profesional y la inclusión de grupos vulnerables.

En concreto, la Secretaría de Gestión Sanitaria podrá suscribir, junto al Ministerio de Capital Humano o la dependencia que este designe, un convenio para vincular la expedición del título de grado de los profesionales de la salud con la otorgación de la Matrícula Nacional, con el propósito de agilizar la habilitación para ejercer en el país.

La iniciativa responde a la necesidad de acortar el tiempo entre la finalización de los estudios y la incorporación al sistema de salud, eliminando duplicidades y mejorando la coordinación entre distintas áreas estatales.

Asimismo, la Secretaría Nacional de Discapacidad está autorizada a celebrar, junto con la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, un convenio para avanzar en la gratuidad de la tarjeta SUBE para personas con discapacidad, en el marco del acuerdo del 13 de marzo de 2025 entre la Agencia Nacional de Discapacidad, la Secretaría de Transporte y Nación Servicios S.A.

El propósito es garantizar el acceso gratuito al transporte público para quienes acrediten discapacidad, simplificando la obtención y validación del beneficio y optimizando la coordinación entre organismos y operadores para ampliar la cobertura y reducir trámites presenciales.

La Secretaría Nacional de Discapacidad promoverá la articulación técnica y administrativa necesaria para la configuración y otorgamiento automático del beneficio, como parte de las políticas de movilidad inclusiva.

La resolución delega también en la Secretaría Nacional de Discapacidad facultades derivadas de la Resolución N.o 376 del 6 de marzo de 2026, incluyendo la tramitación de pensiones no contributivas por invalidez laboral, la aplicación de la Ley N.o 19.279 y su decreto reglamentario, y la gestión de derechos previstos en la Ley N.o 13.478 y el Decreto N.o 432/97, permitiendo su administración directa por la Secretaría.

Además, deja sin efecto disposiciones del Ministerio de Salud dictadas entre 2023 y 2025 y restablece la vigencia de la Resolución N.o 1887 del 5 de junio de 2025, en el marco de un reordenamiento administrativo para actualizar la normativa.

La resolución entra en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial y se comunicará a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su archivo.

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