Nicolás Pachelo está detenido desde el 7 de abril de 2018. Fue arrestado por una serie de robos en countries, hecho que inicialmente vinculó su imagen pública al caso del homicidio de María Marta García Belsunce: la hipótesis era que ella lo habría sorprendido en su vivienda y que él la habría asesinado. En 2022, en el juicio oral, lo condenaron a nueve años y medio de prisión por los robos y lo absolvieron por el homicidio. Sin embargo, la Cámara de Casación revocó esa absolución: la Sala I impuso prisión perpetua y la Sala V confirmó esa decisión. Pachelo tiene un doble conforme y la causa se encuentra ante la Suprema Corte bonaerense, por lo que la sentencia no está firme.
En ese contexto, los abogados defensores solicitaron la libertad condicional de Pachelo ante el TOC N°4 de San Isidro. El tribunal comunicó el planteo a los fiscales Andrés Rafael Quintana y Federico González y al particular damnificado, Gustavo Hechem, representante del viudo Carlos Carrascosa. Tanto la fiscalía como la querella expresaron su rechazo, en parte porque el pedido llega cuando existe una condena a prisión perpetua; además señalaron dificultades para conocer con detalle los fundamentos del planteo defensivo, ya que alegaron que el tribunal no les remitió las constancias del trámite.
Los defensores, Raquel Pérez Iglesias y Marcelo Rodríguez Jordan, fundamentaron el pedido en que la detención preventiva por los robos data del 4 de mayo de 2018 y que Pachelo lleva 2.887 días privado de libertad; el mes siguiente cumpliría ocho años en prisión, actualmente alojado en la Unidad 9 de La Plata, de régimen de máxima seguridad.
La defensa sostiene que, respecto de la causa por robos, se han cumplido los plazos mínimos para acceder a la libertad condicional y suma como mérito el estímulo educativo, ya que el detenido cursa estudios de Derecho y Periodismo en el penal. Con respecto a la condena a prisión perpetua por el homicidio de María Marta, los abogados plantean que dicha decisión no está firme y además aducen que ni la fiscalía ni el particular damnificado solicitaron la detención preventiva de Pachelo en el expediente relativo al homicidio.
Según la defensa, en los pronunciamientos de Casación que impusieron la prisión perpetua nunca se mencionó una aprehensión vinculada al homicidio. Plantearon que esa ausencia podría deberse a dos motivos: a) una omisión por parte de los acusadores o b) la consideración del tribunal de que la privación de libertad surja una vez que la condena quede firme.
Los letrados aclararon que no pidieron excarcelación en términos de libertad condicional en la causa por el homicidio porque, insisten, en ese expediente Pachelo no se encuentra formalmente detenido. También señalaron que ninguna de las seis víctimas de los robos se manifestó en relación con esta incidencia.
La postura de la acusación
Los fiscales y la querella consideraron inconsistente el pedido defensivo, aunque advirtieron que no pudieron acceder al escrito de la defensa para conocer los argumentos completos. Sospechan que la solicitud se apoya en la pena de nueve años y medio por los robos, pero rechazaron ese criterio: dijeron que no corresponde otorgar el beneficio porque no están reunidas las condiciones para su procedencia y expresaron además temor a un posible intento de fuga.
Desde la acusación señalaron que la condena de nueve años y medio fue absorbida por las resoluciones de Casación que impusieron la pena única de prisión perpetua —decisiones que cuentan con doble conformidad— por lo que, a su entender, no resulta razonable tomar como parámetro la pena anterior para calcular requisitos temporales de libertad condicional. Agregaron que, de aplicarse la lógica que propone la defensa, se omitiría la ponderación de la pena conglobante establecida por el tribunal superior y recordaron que, por la naturaleza del fallo, las condenas impuestas en el juicio forman parte de un único veredicto que no puede fragmentarse.
En su planteo sostuvieron también que la pena impuesta por Casación debe considerarse de forma conjunta con la que se había impuesto por los robos, y que, en consecuencia, los plazos que exige la ley para acceder al beneficio distan de haberse cumplido.
El juicio contra Pachelo y Casación
En el juicio oral celebrado en diciembre de 2018, el TOC N°4 de San Isidro absolvió por mayoría a Pachelo del homicidio de María Marta, cometido en el country Carmel el 27 de octubre de 2002, mientras que lo condenó por una serie de robos en barrios privados, por los cuales recibió nueve años y medio de prisión por hechos ocurridos entre la Semana Santa de 2017 y la de 2018.
Dos de los jueces del tribunal, Andrés Andrejin y Osvaldo Rossi, manifestaron dudas sobre la autoría del homicidio, mientras que el presidente del TOC, Federico Ecke, votó en disidencia por condenar al imputado y utilizó una cita de Hamlet para cuestionar la resolución mayoritaria.
Posteriormente, la Sala I de la Cámara de Casación revirtió la absolución y condenó a Pachelo, decisión que fue luego confirmada por la Sala V. En sus fallos, los tribunales superiores lo declararon penalmente responsable por robos agravados y por el homicidio criminis causae agravado con uso de arma de fuego, imponiéndole la pena de prisión perpetua como resultado del cómputo de los distintos hechos examinados en el juicio.



