Además de la reforma laboral que el Gobierno enviará durante las sesiones extraordinarias, el debate sobre la legislación laboral y su impacto económico cobró fuerza en las últimas semanas por un fallo puntual: un juzgado ordenó una indemnización de $250 millones a favor de un mozo con 26 años de antigüedad vinculado a un restaurante. El caso reavivó la discusión sobre la sostenibilidad del régimen de indemnizaciones y sus consecuencias para empresas y aseguradoras.
El origen del conflicto está ligado a cómo operó la normativa laboral durante la emergencia sanitaria. La prohibición de despidos en pandemia elevó el valor de las indemnizaciones en los juicios, combinado con criterios judiciales que consideraron las propinas como parte del salario para el cálculo. En el caso citado, el monto resultante fue de $9,4 millones en 2020; a ese valor se le aplicó la actualización por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más 3% anual, una fórmula adoptada por el entonces Gobierno, que produjo la cifra actual de $250 millones.
Alarma empresarial
El fallo encendió alarma en sectores empresariales y en el sistema de aseguradoras, ante el riesgo de un efecto multiplicador en sentencias futuras. La situación no se limita a despidos individuales: operadores del sector advierten que procesos similares afectan a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART). Como ejemplo, la Superintendencia de Seguros de la Nación impuso una inhibición a una de las principales compañías del mercado motivada por la presión financiera de juicios acumulados y sus actualizaciones, que consumieron una porción relevante de ingresos y complicaron su operación.
Un informe del Instituto para el Desarrollo Social Argentino (Idesa), con datos de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, muestra un volumen extraordinario de expedientes en trámite: 308.082 juicios por riesgos del trabajo y 329.248 por despidos, un total conjunto de 637.330 causas pendientes de resolución.
La magnitud del problema se agrava al comparar el stock de juicios con los aproximadamente 6,3 millones de asalariados registrados en el sector privado: las causas pendientes representan cerca del 10% del empleo formal. Esa proporción preocupa a especialistas y revela el peso del pasivo judicial sobre las finanzas empresariales y la capacidad del sistema judicial.
La normativa laboral vigente permite mecanismos de actualización que, en un contexto de alta inflación y con las modificaciones aplicadas durante la emergencia sanitaria, convirtieron esos pasivos en cifras difíciles de cubrir. Las prácticas judiciales —como la capitalización de intereses y la indexación por inflación— generan montos “históricos” que ponen en riesgo la viabilidad de las empresas afectadas.
Amenaza a las empresas y las aseguradoras
Quienes siguen la evolución de estos expedientes consideran que el volumen acumulado de juicios amenaza el funcionamiento normal del sector asegurador y de numerosas empresas de servicios y comercio. Señalan que los sistemas de actualización previstos en las normas actuales pueden transformar la suma de pasivos acumulados en una deuda impagable.
La preocupación, tanto oficial como privada, converge en que la única manera de controlar el problema hacia adelante es suprimir o limitar los elementos que incentivan la litigiosidad, aunque esa medida sólo afectaría a los casos futuros. Queda pendiente cómo afrontar el pasivo ya generado bajo reglas que hoy tensionan financieramente a distintos actores.
El informe de Idesa recuerda que el Código Civil y Comercial, en su artículo 768, habilita al Banco Central a fijar una tasa de intereses moratorios de referencia para que los tribunales la usen al actualizar deudas. Según ese análisis, extremar la prudencia al definir esa tasa es condición necesaria para que el pago de los juicios acumulados resulte viable.
Ante ese escenario, el Banco Central abrió una consulta pública sobre la nueva Tasa de Intereses Moratorios (TIM). La propuesta plantea calcularla como un promedio ponderado entre la tasa pasiva de depósitos y la tasa activa de préstamos, con un rango acotado por un piso y un techo fijados en CER más 3% anual. La idea es preservar el valor real de los créditos judiciales y evitar arbitrariedades o escaladas que distorsionen los montos finales; el esquema se considera razonable para el futuro si se corrigen las causas estructurales que fomentan la litigiosidad.
No obstante, ese enfoque choca con la necesidad de aliviar el pasivo asociado a los millones de juicios pendientes. Analistas proponen aplicar hasta el 31 de diciembre de 2025 la metodología de la Comunicación BCRA 14.290 —que combina rendimientos de caja de ahorro y plazos fijos— y luego, desde enero de 2026, empalmar ese índice con la fórmula del Decreto 70/2023 (IPC + 3% anual).
La Comunicación BCRA 14.290 fue creada en 1991 para atender saldos judiciales originados por la hiperinflación de 1989–1990. Voceros sostienen que el mismo recurso puede ser apropiado hoy para mitigar los efectos de la inflación reciente y la acumulación de litigios laborales. No contar con un mecanismo de emergencia pondría en riesgo la viabilidad de múltiples empresas y afectaría el empleo formal.
El debate sobre qué índice aplicarán finalmente los tribunales en los juicios en curso sigue abierto. Empresas, cámaras empresariales y las aseguradoras de riesgos laborales esperan definiciones normativas que ofrezcan previsibilidad a los pagos y permitan dimensionar el pasivo real. Mientras tanto, el stock de juicios laborales continúa creciendo y se ubica como un tema central en la discusión de la próxima reforma laboral.


