La Administración de Parques Nacionales estableció una prohibición del uso del fuego en áreas naturales protegidas de la Patagonia y en sectores del centro del país ante el aumento del riesgo de incendios para la temporada de verano 2025-2026.
Especialistas señalaron que las condiciones climáticas actuales y las previsiones para los meses estivales elevan la amenaza de incendios tanto en la región patagónica como en una parte importante del centro del país, justificando medidas urgentes. La resolución 390/2025, publicada este martes, se apoyó en un informe técnico titulado “Aplicación regional de prohibición de uso de fuego para las diferentes áreas protegidas de la Administración de Parques Nacionales”.
Ese informe describe la situación actual y las proyecciones por región respecto al riesgo de incendios, y advierte un nivel alto de riesgo en la Patagonia, por lo que recomienda imponer restricciones específicas al uso del fuego.
La norma establece además la prohibición, desde su dictado y durante toda la temporada de riesgo, de realizar cualquier quema y fija medidas complementarias para regular el uso del fuego en las áreas de uso público de los parques nacionales Lanín, Nahuel Huapi, Los Arrayanes, Lago Puelo y Los Alerces, que son las Áreas Protegidas con mayor riesgo de incendios forestales.
Asimismo, la resolución menciona que varias provincias del sur ya declararon emergencia ígnea mediante decretos provinciales y aplicaron normas de prevención y control ante la amenaza de incendios en una región que sufrió siniestros importantes en años recientes.
En particular, las provincias de Neuquén, Río Negro y Chubut declararon la emergencia ígnea mediante los Decretos Provinciales Nros. 198/2025, 1.004/2025 y 1.392/2025, respectivamente, y establecieron medidas complementarias de prevención y control dirigidas a concesionarios turísticos y a la comunidad en general.
Con esos fundamentos, el Gobierno ordenó que, desde el 5 de diciembre y hasta el 30 de abril de 2026, quede prohibida cualquier quema en los parques mencionados, permitiéndose únicamente el uso de instalaciones habilitadas para la cocción de alimentos en campamentos organizados por prestadores turísticos autorizados (concesionarios o permisionarios), con el objetivo de reforzar la prevención respecto del uso del fuego en todas las Áreas Protegidas.
La resolución deroga además una normativa de mayo pasado que permitía el uso del fuego con autorización de las intendencias, reemplazándola por un criterio único y más restrictivo. En las regiones que no se incluyen en la prohibición, el uso del fuego quedará sujeto a la autorización de la Dirección de Lucha contra Incendios Forestales y Emergencias, conforme a procedimientos establecidos en resoluciones previas.
El nuevo marco legal dispone que, frente a constatación de infracciones, se formulará la denuncia penal correspondiente y se aplicarán las sanciones máximas previstas por la normativa vigente, especialmente cuando la acción provoque focos de incendio; no se detallaron en la resolución las sanciones concretas que se aplicarán.
Hace pocos días, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó al Estado Nacional, a las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe, y a los municipios de Victoria y Rosario implementar el Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná (PIECAS-DP) para frenar los incendios en esa región. El fallo se dictó tras constatar que las quemas reiteradas afectaron el derecho a la salud y a un ambiente sano de los habitantes del Delta.
La decisión judicial exigió la instalación de infraestructura específica, como una red de faros de conservación y sistemas de alerta temprana, para reducir las quemas. Según datos oficiales, en 2020 los incendios afectaron 487.000 hectáreas, equivalentes al 21% del Delta. El proceso se inició en 2020 por una demanda de la Asociación Civil Equística Defensa del Medio Ambiente, que advirtió sobre humo y hollín.
Durante el expediente, informes técnicos indicaron que muchos focos tuvieron origen intencional, vinculados al manejo ganadero de pasturas en un contexto de sequía y bajante hídrica. El Ministerio de Ambiente coincidió en ese diagnóstico y alertó sobre intoxicaciones respiratorias y daños a la biodiversidad.
Los jueces consideraron insuficiente la actuación de las autoridades y, si bien no mantendrán un monitoreo judicial permanente, ordenaron la ejecución del plan y la implementación de mecanismos de control, subrayando la obligación de preservar el ambiente mediante una acción federal coordinada.


