La Cámara Federal de San Martín determinó que la investigación sobre la casaquinta de Pilar, valuada en 17 millones de dólares, y otros bienes presuntamente registrados a nombre de supuestos testaferros de dirigentes de la AFA quede a cargo del juez federal de Campana, Adrián González Charvay.
La resolución fue firmada por el camarista Alberto Lugones y ordena que el expediente sea remitido al juzgado de Campana; en consecuencia, el juez en lo penal económico de la Ciudad, Marcelo Aguinsky, dejará de instruir la causa, según el documento al que accedió Infobae.
Con esta decisión, el expediente pasará a manos del que será el tercer magistrado en intervenir en la causa.
Lugones fundamentó la asignación de competencia en criterios territoriales: todas las propiedades bajo investigación están en Pilar, jurisdicción del fuero federal de Campana. Además señaló que la Asociación del Fútbol Argentino registró su nuevo domicilio legal en Pilar en noviembre de 2024, mudando su sede de la histórica dirección en la calle Viamonte.
En la resolución se plantea que “el punto determinante en la configuración del delito de lavado de activos (…) habría tenido lugar en la localidad de Villa Rosa, Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires”, donde se habría utilizado dinero ilícito para incorporarlo al circuito formal mediante la compra del inmueble objeto de la pesquisa.
En el predio se encontraron “autos de colección, un haras de caballos árabes y pura sangre de carrera, pista de entrenamiento equino, helipuerto e instalaciones deportivas múltiples”, elementos que, según la denuncia, ponen en duda la capacidad económica de la sociedad propietaria, Real Central —vinculada a Luciano Pantano y su madre Ana Conte— para afrontar una compra de esa magnitud.
El eje de las maniobras
El camarista sostuvo que el Partido de Pilar concentra el eje desde el cual habrían surgido las maniobras investigadas, y por ese motivo dio lugar a los planteos de la defensa de Pantano y al reclamo del juez Charvay para quedar a cargo del expediente.
Aguinsky, por su parte, se había negado a ceder la competencia al considerar que el supuesto lavado de activos derivaría de un delito anterior —una posible defraudación a asociados de la AFA por parte de dirigentes—, lo que, según su criterio, situaría el epicentro de la causa en la Ciudad de Buenos Aires, en la sede de Viamonte. Esa postura contó con el apoyo de las fiscalías tanto de la CABA como de Campana.
La fiscalía ante la Cámara de San Martín sugirió la semana previa esperar hasta el fin de la feria judicial de enero para analizar la totalidad del expediente y la nueva prueba incorporada antes de resolver sobre la competencia.
Todo a Campana
A pesar de esas consideraciones, Lugones resolvió que la investigación “debe desarrollarse con la eficacia necesaria” en el Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, por lo que González Charvay asumirá la instrucción. La causa fue presentada por la Coalición Cívica para investigar si el predio de Pilar, una flota de autos de alta gama valuada en casi cuatro millones de dólares y otros bienes de Real Central pertenecen en realidad a dirigentes de la AFA, presidida por Claudio “Chiqui” Tapia.
Originalmente la causa había quedado sorteada al juez federal porteño Daniel Rafecas, quien ordenó las primeras medidas (allanamiento, secuestro, tasación y prohibición de salida del país para los imputados). Rafecas declinó luego la competencia al fuero penal económico, decisión ratificada por la Cámara Federal porteña, tras lo cual Marcelo Aguinsky continuó la investigación y avanzó sobre la cadena de pagos para establecer la titularidad real de los bienes.
Al aceptar la inhibitoria en favor de González Charvay, la Cámara de San Martín destacó que “no puede escapar que, en la actualidad y desde el 15 de noviembre de 2024, la Asociación del Fútbol Argentino inscribió registralmente su cambio de jurisdicción” al domicilio en Mercedes 1366, también en Pilar.
Lugones advirtió además que la demora en decidir sobre el tribunal competente afecta la garantía del juez natural, principio que prohíbe ser juzgado por comisiones especiales o por jueces no legítimamente designados, y por ello consideró procedente la transferencia del expediente a Campana.


