El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 12 rechazó la medida cautelar solicitada por los herederos de Máximo Terrero y Manuela Rosas destinada a impedir el traslado del sable corvo de San Martín desde el Museo Histórico Nacional al Regimiento de Granaderos a Caballo. La resolución, firmada por la jueza Macarena Marra Giménez días antes del acto programado para el 7 de febrero en San Lorenzo (Santa Fe), denegó la suspensión inmediata pero habilitó un trámite judicial de fondo para estudiar el caso. El traslado se realizaría conforme al decreto 81/2026, firmado por el presidente Javier Milei.
La magistrada fundamentó su decisión en la presunta ausencia de un “cargo” jurídico vinculante en la donación que imponga de manera absoluta la permanencia de la pieza en el Museo Histórico Nacional, y en la falta de documentación suficiente que acredite el vínculo de los demandantes con Rosas. El fallo indicó que, en la etapa inicial del proceso, no se reúnen los requisitos legales para hacer lugar a la medida cautelar solicitada. No obstante, el expediente seguirá abierto para el análisis detallado de las pruebas.
Según declaró a la prensa Nicolás Rechanik, abogado de la familia, la causa principal continúa: el pedido inicial era evitar el traslado. La jueza, comentó el letrado, pretende primero escuchar al Gobierno y acreditar el vínculo de los herederos con Rosas antes de resolver sobre la medida cautelar. Rechanik también objetó aspectos prácticos del operativo de traslado, señalando la autorización para subir la pieza a un helicóptero y su traslado a San Lorenzo, y expresó inquietudes sobre la custodia y la seguridad del sable.
Las razones
En su pronunciamiento, Marra Giménez observó que aunque la donación expresó el deseo de que el sable fuera depositado en el museo, no consta un mandato jurídico que limite de manera absoluta la acción del Poder Ejecutivo. La jueza recordó además que la pieza permaneció bajo custodia del Regimiento de Granaderos a Caballo entre 1967 y 2015 sin objeciones formales de la familia. El fallo destacó la presunción de legitimidad de los actos del Ejecutivo y señaló que corresponde acreditar judicialmente su ilegitimidad para dejarlos sin efecto. El tribunal solicitó informes y documentación adicional, concediendo al Ejecutivo cinco días para aportar lo requerido.
Los herederos sostienen que el traslado vulnera el “destino del bien” y el “derecho colectivo de acceso al patrimonio cultural”. Mercedes Terrero calificó la decisión presidencial como errada, y Candela Domínguez expresó su preocupación por la posibilidad de que el movimiento de la reliquia restrinja su acceso público y signifique una apropiación política del símbolo patrio. La familia denuncia además que no fue consultada y que la supuesta “donación con cargo” implicaba exhibición permanente en un ámbito civil y cultural.
La historia del sable data de su legado a Juan Manuel de Rosas y la donación de Máximo Terrero a la Nación en 1897. Comunicaciones históricas entre Terrero, el director del Museo Histórico Nacional de entonces y autoridades nacionales reflejan la intención de que la pieza quedara en el museo “para siempre a la Nación”. Desde entonces, su custodia estuvo regulada por decretos: depositado en el museo en 1897, trasladado al Regimiento de Granaderos en 1967 tras robos, restituido al museo en 2015 y, por el decreto 81/2026, dispuesto nuevamente para el ámbito militar con argumentos vinculados al “contexto histórico” y a la seguridad.
La resolución judicial subrayó que la normativa sobre donaciones patrimoniales admite acuerdos sobre custodia, pero no establecería, según el tribunal, una obligación judicial ineludible que fije de forma perenne al museo como único lugar del sable corvo.
La medida generó rechazo en sectores culturales y académicos: la directora saliente del Museo Histórico Nacional, María Inés Rodríguez Aguilar, renunció en protesta y recibió el respaldo de historiadores y exdirectores que advierten sobre las consecuencias para futuras donaciones y el acceso público al patrimonio. Desde el Ministerio de Defensa se defendió la decisión como una “reparación histórica” y un reconocimiento institucional al símbolo.
En los días previos al traslado, el Museo Histórico Nacional registró un aumento de visitantes que acudieron a ver el sable, mientras el Museo del Regimiento de Granaderos permanecía cerrado por refacciones. El proceso judicial continuará con la presentación de informes por parte del Ejecutivo, la comprobación del parentesco de los herederos y la consulta a organismos técnicos como la Comisión Nacional de Museos y el Centro TAREA de la Universidad Nacional de San Martín, cuyos dictámenes serán relevantes para la resolución final.
Por ahora, el acto de traslado sigue programado para el 7 de febrero, salvo que una nueva orden judicial lo impida. La disputa sobre la custodia del sable corvo de San Martín mantiene un debate público y político sobre la relación entre el Estado y los donantes de bienes patrimoniales, el acceso público a símbolos históricos y los límites de la actuación ejecutiva en esta materia.

