2 de marzo de 2026
Buenos Aires, 21 C

Gobierno incorpora más de 250 sustancias a la lista de drogas controladas

Con la publicación del decreto 122/2026, el Gobierno incorporó oficialmente más de 200 sustancias al registro de drogas controladas, ampliando así el marco normativo sobre el control de estupefacientes y sustancias psicoactivas en el país.

La decisión surge de un trabajo conjunto entre las Fuerzas de Seguridad Federales, las policías provinciales y la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, con el aporte de laboratorios forenses oficiales que realizaron análisis químicos especializados y concluyeron la necesidad de “actualizar el listado de las sustancias individuales que deben ser consideradas estupefacientes”.

En el contexto de la lucha contra el narcotráfico, se actualizó el Anexo I publicado en el Boletín Oficial para adecuar la regulación argentina a las recomendaciones de organismos internacionales, a la evidencia presentada por las fuerzas y autoridades intervinientes y a la evolución del tráfico y consumo de sustancias que no estaban contempladas previamente.

El decreto incorpora 254 nuevas sustancias al listado oficial, entre ellas ocho análogos del fentanilo, once barbitúricos, treinta y cuatro benzodiacepinas, veintisiete cannabinoides semi-sintéticos, cuatro cannabinoides sintéticos, cuarenta y cinco catinonas sintéticas, siete fenidatos, diez fenmetrazinas, tres fenetilaminas, diez lisergamidas, nueve nitacenos, tres opioides sintéticos, dieciséis psicotrópicos, dos compuestos de fenciclidina, una triptamina y sesenta y cuatro sustancias adicionales de diversa clasificación.

La medida constituye la mayor ampliación del listado desde la entrada en vigor del Decreto 560/19, que fue la última modificación de alcance comparable.

El procedimiento de actualización se basó en un análisis técnico elaborado por especialistas de la Dirección Nacional de Precursores Químicos y del Programa contra las Drogas Sintéticas y el Desvío de Precursores Químicos, con colaboración de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD) para la Región Andina y el Cono Sur. Asimismo, se apoyó en el artículo 77 del Código Penal y en la Ley 23.737, que regulan el régimen penal de delitos vinculados a estupefacientes y psicotrópicos.

El criterio central para incluir nuevas sustancias fue comprobar su circulación efectiva en el territorio nacional, verificada por actuaciones judiciales y por datos del Sistema de Alerta Temprana de Nuevas Sustancias Psicoactivas (SAT), operativo desde abril de 2023.

La decisión también se respaldó en la evidencia suministrada por organismos internacionales dedicados al monitoreo de Nuevas Sustancias Psicoactivas (NSP), entre los que se citan la Agencia Europea de Drogas (EUDA), el Programa Global SMART de la ONUDD, informes técnicos de la Administración de Control de Drogas (DEA) de Estados Unidos y notificaciones enviadas por Estados miembros a la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE).

El decreto justifica la incorporación de estos compuestos por su potencial de abuso —especialmente en contextos de policonsumo— y por pruebas de desvío desde canales lícitos, como hospitales, farmacias o establecimientos veterinarios, hacia circuitos ilícitos. En la lista se incluyen tanto nuevos compuestos sintéticos detectados en laboratorios clandestinos como ciertos medicamentos sujetos a prescripción.

El texto puntualiza que se incorporan no solo Nuevas Sustancias Psicoactivas sintetizadas en laboratorios clandestinos, sino también determinados fármacos utilizados con fines terapéuticos cuando su uso o desvío implica riesgos sanitarios.

Firmado por la ministra de Seguridad Nacional, Alejandra Monteoliva, el decreto señala que las sustancias seleccionadas presentan relevancia toxicológica por su capacidad de afectar el sistema nervioso central y de provocar dependencia física o psíquica, intoxicaciones agudas, sobredosis, trastornos psiquiátricos o daño neurológico crónico. El listado actualizado abarca tanto sustancias de origen ilícito como medicamentos cuyo uso sin supervisión médica puede afectar la salud pública.

Las autoridades explicaron que el personal especializado consideró de “relevancia toxicológica” a aquellas sustancias que, independientemente de su estatus legal u origen, muestran potencial neurotóxico, depresor, estimulante, disociativo, alucinógeno o psicoactivo.

Esta medida actualiza y amplía las modificaciones previas introducidas por los decretos 635 y 1130 de 2024, que habían elevado entonces el total a 632 sustancias.

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