La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) se apresta a aplicar una nueva recategorización del Monotributo que impactará a millones de trabajadores independientes, profesionales, comerciantes y prestadores de servicios en todo el país. La actualización, que se realiza semestralmente, se calculará en función de la inflación acumulada en los seis meses previos. Estimaciones privadas anticipan un aumento cercano al 14,3%, aunque el porcentaje definitivo dependerá del índice de inflación de junio que informe el INDEC.
El ajuste afectará principalmente dos aspectos del régimen simplificado: las cuotas mensuales que abonan los contribuyentes y los topes de facturación anual que determinan la categoría de cada monotributista.
De confirmarse la suba proyectada, la cuota mensual de la categoría A se ubicaría en torno a $ 42.387 y la de la categoría B en cerca de $ 48.251. En las categorías superiores los montos escalonarían de manera significativa, sobre todo para quienes tributan como prestadores de servicios.
Límites
También se actualizarán los límites de facturación anuales que permiten permanecer en cada categoría. Según las proyecciones privadas, el tope anual de la categoría A rondaría los $ 12 millones, mientras que el de la categoría K se aproximaría a $ 127 millones. La revisión busca evitar que la inflación nominal haga perder a contribuyentes el acceso al régimen simplificado.
Cifras en mano
Si se concreta una actualización de alrededor del 14,3%, las cuotas mensuales estimadas serían las siguientes:
Categoría A: $ 42.386,74. Categoría B: $ 48.250,78. Categoría C: $ 56.501,85 para servicios y $ 55.227,06 para venta de bienes. Categoría D: $ 72.414,10 para servicios y $ 70.661,26 para venta de bienes. Categoría E: $ 102.537,97 para servicios y $ 92.658,35 para venta de bienes. Categoría F: $ 129.045,32 para servicios y $ 111.198,27 para venta de bienes. Categoría G: $ 197.108,23 para servicios y $ 135.918,34 para venta de bienes. Categoría H: $ 447.346,93 para servicios y $ 272.063,40 para venta de bienes. Categoría I: $ 824.802,26 para servicios y $ 406.512,05 para venta de bienes. Categoría J: $ 999.007,65 para servicios y $ 497.059,41 para venta de bienes. Categoría K: $ 1.381.687,90 para servicios y $ 600.879,51 para venta de bienes.
En cuanto a los nuevos topes de facturación anual, siempre según estimaciones privadas, quedarían aproximadamente de la siguiente manera: Categoría A: cerca de $ 12 millones anuales. Categoría B: alrededor de $ 17,6 millones. Categoría C: aproximadamente $ 24,7 millones. Categoría H: unos $ 82,1 millones. Categoría J: cerca de $ 105,3 millones. Categoría K: alrededor de $ 127 millones anuales.
Recategorizaciones
Una vez que ARCA oficialice los nuevos valores, se abrirá el período de recategorización. En ese trámite cada contribuyente deberá analizar la facturación de los últimos doce meses para determinar si corresponde mantener la categoría, ascender o descender.
La fecha prevista para completar la recategorización es el 5 de agosto. Además de la facturación, en algunos casos se consideran otros parámetros como la superficie afectada a la actividad, los alquileres devengados o el consumo de energía eléctrica.
Para muchos monotributistas la actualización de los topes puede ser un alivio porque permite seguir en el régimen simplificado y evitar el paso al régimen general, que conlleva mayores obligaciones administrativas e impositivas. No obstante, el aumento de las cuotas implicará un mayor costo mensual para los contribuyentes.
Fuente: Agencia DIB


