15 de enero de 2026
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Impacto de limitar las cuotas solidarias en la caja sindical

En un gesto hacia la CGT, el Gobierno eliminó un artículo de la reforma laboral que afectaba las cuotas solidarias, aunque mantuvo otras disposiciones que restringen esos aportes, un recurso clave para la financiación de los sindicatos.

Las cuotas solidarias son descuentos obligatorios que, según cada convenio, suelen oscilar entre el 1% y hasta el 4% del salario y se aplican a todos los trabajadores de una actividad, afiliados o no, mediante acuerdos con los empleadores en los convenios colectivos.

En la primera versión de la reforma, el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger incorporó un artículo similar al del DNU 70 que condicionaba el pago de esos aportes al consentimiento expreso de los trabajadores, una medida que la CGT había rechazado por su impacto en la recaudación sindical.

Según anticipos de Infobae, el fin de semana anterior se produjeron tensiones internas en el Gobierno: el ala dura, representada por Sturzenegger y Patricia Bullrich, defendía mantener la restricción, mientras que el sector político de la Presidencia, tras conversaciones con la CGT, presionaba por su eliminación.

Al final se suprimió la disposición más severa contra el sindicalismo, pero el proyecto conserva limitaciones significativas: restringe la forma en que el empleador puede cobrar y girar las cuotas solidarias, lo que podría poner en riesgo ingresos sindicales.

La ley vigente establece que “los empleadores estarán obligados a actuar como agente de retención de los importes que, en concepto de cuotas afiliación u otros aportes, deban tributar los trabajadores a las asociaciones sindicales de trabajadores con personería gremial”. El nuevo proyecto cambia la redacción.

El texto propuesto indica que “los empleadores podrán actuar como agentes de retención de los importes que, en concepto de cuotas de afiliación, deban abonar los trabajadores afiliados a asociaciones sindicales con personería gremial, siempre que medie conformidad expresa del trabajador y acuerdo entre las partes”. Además exige una resolución de la Secretaría de Trabajo que lo autorice y permite a cualquiera de las partes dejar sin efecto el acuerdo con 30 días de aviso fehaciente.

En la práctica, el cambio pasa de una obligación del empleador a una posibilidad sujeta a consentimiento y acuerdos previos, y además restringe la retención a “cuotas de afiliación”, eliminando la referencia a “otros aportes” que incluía las cuotas solidarias.

Si se aprueba la ley en esos términos, los sindicatos tendrán que buscar mecanismos alternativos para recaudar tanto las cuotas solidarias —donde hay montos millonarios en juego— como la cuota sindical voluntaria.

El proyecto también establece un tope del 20% sobre las retenciones salariales, lo que afecta la cuota sindical y la solidaria, y aclara que la retención de la cuota solidaria sólo será posible si está pactada por convenio colectivo de empresa y cuenta con el consentimiento explícito del trabajador.

En octubre, durante el Coloquio de IDEA y mientras la reforma se discutía en el Consejo de Mayo, Sturzenegger calificó a las cuotas solidarias de “peajes sindicales” que disminuyen el salario neto de los trabajadores y aumentan el costo de contratación para las empresas, afectando competitividad y precios.

Al tildar esos aportes de “impuestos privados ilegales”, Sturzenegger explicó que el decreto 149/25 busca prohibir aportes obligatorios desde la parte empleadora y ofreció ejemplos cuantitativos: en el convenio de Camioneros se fijó una cuota solidaria del 3% del sueldo y otro 4% por conceptos adicionales, lo que, según su cálculo, implicaría un descuento anual de $845.401 por trabajador y un ingreso anual al gremio de $206.522 millones.

Un estudio de la consultora Zentrix estimó que los diez principales gremios administran un flujo anual cercano a USD 685 millones, proveniente de descuentos obligatorios sobre salarios formales, incluidos trabajadores no afiliados. En pesos, esa recaudación supera ampliamente el billón por año.

Los autores de la investigación “El poder sindical en Argentina: estructura, financiamiento y límites a la libertad del trabajador” señalan que estos datos evidencian la magnitud del financiamiento sindical compulsivo y un esquema con alta concentración, baja transparencia y liderazgos sostenidos en el tiempo gracias a ese flujo continuo de recursos.

El informe indica que esos recursos provienen de trabajadores encuadrados en los principales convenios del país —Comercio, Camioneros, Construcción, Sanidad, Metalúrgicos, Alimentación, Transporte, Bancarios, Gastronómicos y Luz y Fuerza—, que congregan cerca de 3 millones de asalariados formales y generan una recaudación promedio de alrededor de $327.000 por trabajador al año.

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