La situación judicial de Diego Spagnuolo, ex director ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), registró un giro importante: la Sala II de la Cámara Federal declaró la nulidad de una resolución que había rechazado investigar el origen de la causa y ordenó al juzgado de instrucción que tramite el reclamo presentado por la defensa.
El fallo, firmado por los jueces Martín Irurzun y Roberto Boico (con la disidencia de Eduardo Farah), cuestionó con dureza la actuación del juez de primera instancia, Sebastián Casanello, por haber desestimado sin sustanciación el planteo de los abogados de Spagnuolo y por no acatar una instrucción previa del tribunal de alzada porteño.
La teoría del “árbol envenenado” y los audios
La defensa sostiene que hay irregularidades en la génesis de la denuncia que dio origen al expediente. Los abogados Mauricio D’Alessandro y Pablo Parera sostienen que el material de audio usado para abrir la investigación es irregular y podría haber sido manipulado, por lo que piden que se declare la nulidad de las pruebas derivadas.
Según el escrito, los archivos que incriminan a Spagnuolo presentarían fallas técnicas —cortes, falta de metadatos— e incluso rasgos compatibles con voces generadas por inteligencia artificial. Con ese argumento invocan la doctrina del “fruto del árbol envenenado”: si la prueba inicial es ilegítima, todo lo que de ella se desprenda debería ser considerado nulo.
En diciembre, la Cámara Federal ya había devuelto el expediente al juzgado para que se “sustancie el planteo” y se establezca el origen y la veracidad de esos audios. No obstante, el magistrado rechazó nuevamente la solicitud al día siguiente sin abrir el trámite correspondiente, alegando que se trataba de planteos repetidos por otras defensas y esgrimiendo “litispendencia”.
Los camaristas entendieron ahora que esa decisión fue inválida: señalaron que “el juez no otorgó sustanciación al planteo de nulidad” y que existen aspectos que deben ser analizados antes de cualquier otra medida, por lo que ordenaron abrir el incidente y verificar si el inicio de la causa fue legítimo.
Un procesamiento reciente
La resolución de la Cámara impacta en un expediente que pocas horas antes había tenido un avance contrario. Poco antes de dejar la subrogancia del juzgado, Casanello dictó el procesamiento de Spagnuolo y de otros exfuncionarios y empresarios por el delito de defraudación por administración fraudulenta.
La medida alcanzó a otros 18 imputados y dispuso nuevas declaraciones indagatorias, al considerar acreditado un entramado de corrupción orientado a adjudicaciones direccionadas de contrataciones públicas. Según la resolución, el esquema habría incluido sobreprecios y un sistema de “retornos” vinculados a droguerías proveedoras de medicamentos e insumos para personas con discapacidad.
Para el juez, durante la gestión de Spagnuolo la ANDIS habría sido utilizada como vía de enriquecimiento ilícito mediante maniobras coordinadas entre autoridades del organismo y operadores externos, que incluirían simulaciones en la competencia de precios, vínculos personales y pagos clandestinos.
En la resolución, Casanello describió a Spagnuolo como la máxima autoridad del presunto esquema y nombró como otros líderes posibles a Daniel María Garbellini (ex subdirector) y a los operadores externos Miguel Ángel Calvete y Pablo Atchabahian. El juez ordenó profundizar la investigación sobre las estructuras societarias involucradas y dictó embargos millonarios sobre los bienes de los imputados.
La herencia para el nuevo juez
La conjunción de ambas decisiones deja una situación compleja para quien resulte sorteado este miércoles para asumir el Juzgado Federal 11, tras la salida de Casanello.
El nuevo magistrado recibirá una causa con una doble realidad: por un lado, tiene procesamientos dictados y pruebas que apuntan a sostener la investigación de fondo; por otro, existe una orden de la Cámara Federal que obliga a revisar y determinar si las actuaciones iniciales se sustentaron sobre bases legales o sobre pruebas cuya admisibilidad debe ser reexaminada, tal como reclama la defensa.

