15 de enero de 2026
Buenos Aires, 23 C

Decomisan casi USD 60.000 por dinero oculto en Argentina

El Tribunal Oral en lo Penal Económico 1 de la Ciudad de Buenos Aires dispuso el decomiso de 10.000 dólares —el tope que se puede sacar del país sin declarar— a un ciudadano chileno ya condenado por intento de contrabando de divisas. El hombre había intentado embarcar con un total de 59.138 dólares ocultos en su equipaje y su ropa.

Parte de ese dinero ya había sido decomisada en la condena de 2024, y ahora se sumaron los 10.000 dólares pendientes. Para la Justicia, todos los billetes formaron parte de un mismo hecho delictivo.

La resolución, firmada por la jueza de Cámara Sabrina Namer, puso fin a un debate de más de un año entre la defensa y la fiscalía sobre el destino de los 10.000 dólares que no estaban incluidos en el decomiso original. La sentencia de 2024 había ordenado la confiscación de 49.138 dólares; el excedente —equivalente al monto que puede salir del país sin declararlo— permaneció bajo custodia judicial mientras se decidía si debía devolverse.

El hallazgo

El ciudadano fue detenido en febrero de 2020 en el aeropuerto de Ezeiza cuando intentaba abordar un vuelo internacional. Según el expediente, llevaba el dinero fraccionado en fajos y oculto dentro de una valija de mano y entre su ropa, con la intención de eludir controles.

El tribunal señaló que el acusado conocía la prohibición y, pese a ello, ocultó las divisas para sustraerlas del control aduanero. También destacó la existencia de cartelería de la AFIP que advertía sobre el límite de 10.000 dólares y una declaración jurada previa firmada por el imputado en la que había informado no portar sumas superiores a ese tope.

La condena

El 14 de noviembre de 2024, el TOPE No1 condenó al imputado a dos años y dos meses de prisión en suspenso, lo inhabilitó para el comercio y le impuso otras restricciones, además de ordenar el decomiso de 49.138 dólares, que correspondían al monto excedente sobre el límite legal.

Los 10.000 dólares restantes quedaron en suspenso porque se abrió una investigación paralela por posible lavado de dinero, que luego fue archivada mediante un sobreseimiento definitivo dictado por el Juzgado Penal Económico No 11. Tras el cierre de esa pesquisa, la defensa solicitó la devolución de la suma.

La fiscalía se opuso al pedido, argumentando que devolver el dinero permitido por ley socavaría el efecto disuasorio de la pena y podría incentivar a intentar exportar del país cantidades apenas superiores al límite o hacerlo fraccionando la operación entre varias personas. Además, sostuvo que la jurisprudencia del Ministerio Público considera que todo el dinero ocultado —incluso si está dentro del tope— puede ser objeto del delito.

La respuesta del tribunal

El tribunal concluyó que los 59.138 dólares constituyeron un único hecho delictivo, ya que el condenado intentó sacar esa suma sin declararla y mediante maniobras de ocultamiento. En consecuencia, determinó que los 10.000 dólares pendientes debían recibir el mismo tratamiento que el resto del dinero.

La resolución afirmó que la totalidad del dinero secuestrado fue el objeto del delito y rechazó el planteo de la defensa, ordenando que todo el monto quede en poder del Estado.

La jueza Namer subrayó que el intento de egresar del país con esa suma, en las condiciones descriptas y frustrado por la intervención de las fuerzas de seguridad aeroportuarias, permite sostener que la totalidad del dinero estaba íntimamente vinculada al hecho condenado.

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