16 de febrero de 2026
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CGT convoca paro general y suspende transporte público

La conducción de la CGT convocó este lunes a un paro general sin movilización para el día en que se trate la reforma laboral en la Cámara de Diputados; no habrá transporte público.

La decisión se tomó tras una reunión virtual al mediodía entre los cotitulares de la central, Octavio Argüello (Camioneros), Jorge Sola (Seguro) y Cristian Jerónimo (empleados del vidrio).

Según fuentes de la CGT citadas por la Agencia Noticias Argentinas, la medida será de alcance nacional y contará con la adhesión de todos los gremios del transporte, aunque no se convocará a una movilización orgánica. Se habilitará, no obstante, la libertad de acción para los sindicatos del sector.

El consejo directivo definió la medida luego de un Zoom que comenzó al mediodía y finalizó minutos antes de las 14.

La CGT ofrecerá además una conferencia de prensa el miércoles a las 11 en su sede de Azopardo para ampliar la información.

La previa

Cristian Jerónimo había afirmado el domingo que estaban dadas las condiciones y los consensos colectivos para ir a una huelga nacional.

Varios dirigentes sindicales consideraron que las movilizaciones no alcanzan para expresar la oposición al proyecto de reforma laboral y reclamaron medidas más contundentes.

Por ello, la CGT activó el paro para el día en que la Cámara de Diputados debata el proyecto en el recinto, previsto, según estimaciones, para el jueves 19 de febrero.

Entre los puntos rechazados por la central se mencionan las modificaciones sobre indemnizaciones, la jornada laboral, el derecho a huelga y las vacaciones, así como el régimen de licencias por enfermedad o por accidentes no laborales.

Más críticas

El secretario general del Centro de Patrones Fluviales, Mariano Moreno, advirtió que la reforma excluiría a los marinos de la Ley de Contrato de Trabajo. “Si no luchamos hoy para que esto no salga, vamos a terminar precarizados y trabajando por un sueldo de miseria”, sostuvo.

Moreno agregó que la reforma, en su artículo 2° inciso (g), deja explícitamente fuera al personal embarcado y los equipara a personas privadas de su libertad, lo que a su juicio implica la pérdida de derechos básicos laboralmente reconocidos.

Explicó que, hasta ahora, en conflictos no previstos en los contratos se podía invocar la Ley de Contrato de Trabajo para proteger al marinero o al capitán. Con la reforma, dijo, se asume que el régimen de navegación es autónomo, lo que debilita la protección porque la Ley de Navegación tiene carácter comercial y administrativo y no ofrece la misma cobertura de justicia social que la LCT o un convenio colectivo de trabajo.

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