La Sala II de la Camara Federal de Casacion confirmo las condenas impuestas a Ruben Salinas y a Jonatan Barsantti por su participacion en el secuestro ocurrido en 2018, ratificando las sentencias dictadas por el Tribunal Oral Federal N 4 de San Martin.
Por mayoria se mantuvieron los 15 anos de prision para Salinas como coautor del secuestro extorsivo agravado y los 6 anos y 6 meses para Barsantti como participe secundario, penas que habian sido fijadas en febrero por el tribunal de primera instancia.
La defensa publica habia presentado un recurso de casacion solicitando la absolucion y la “inmediata libertad” de ambos imputados, y cuestiono ademas la calificacion por robo en concurso ideal, entendiendo que esa figura correspondia unicamente a los ejecutores materiales ya condenados en un proceso previo.
El hecho se produjo la noche del 23 de noviembre de 2018. Salinas, entonces prestamista de 41 anos, regresaba en su camioneta Ford Ranger junto a su esposa y su hija de poco mas de un ano tras visitar a sus padres. Alego un problema en los frenos y propuso desviarse por la Autopista Camino del Buen Ayre para evitar semaforos.
En la autopista se produjo la interceptacion: una Chery Tiggo blanca se acerco a la Ranger con maniobras bruscas, los ocupantes exhibieron un arma larga y obligaron a la pareja a detenerse. La victima declaro que en ese momento amamantaba a su hija en el asiento trasero.
Segun lo acreditado en el juicio contra los autores materiales, los ocupantes de la Chery bajaron a la pareja, se llevaron a A.V.T. y la trasladaron a una vivienda en Moreno, donde la mantuvieron atada a una silla mirando hacia la pared mientras exigian un rescate de 300.000 dolares a sus padres.
Durante el cautiverio, que duro alrededor de ocho horas, los captores describian en tiempo real los movimientos en la casa desde donde se negociaba la liberacion; Salinas se encontraba alli junto a los padres de la victima.
Finalmente la mujer fue liberada cerca de un taller mecanico sin que se efectivizara el pago del rescate. La investigacion identifico a Lucas Gaston Perez y Pablo Sebastian Barbona como ejecutores directos, y el juicio del Tribunal Oral Federal N 4 determino la participacion de Salinas y Barsantti en la planificacion, apoyo y ejecucion del hecho.
La Sala II de Casacion analizo la valoracion probatoria del tribunal de juicio, que habia senalado un “contacto frecuente” entre Salinas y Perez durante octubre de 2018, circunstancia que reforzo la existencia de un vinculo que Salinas no pudo explicar razonablemente.
El mismo dia del hecho, a las 18:25, una llamada desde el telefono de Salinas impacto en la antena El Maestro 1740, la misma antena que horas despues registro actividad del dispositivo usado por los captores durante el cautiverio. Ademas, Salinas habia tenido reportes de actividad en esa zona en dias previos al secuestro.
En su declaracion ante el tribunal oral, A.V.T. relato que Salinas le habia dicho que la camioneta no tenia frenos y que propuso ingresar al Buen Ayre, ruta que no solian tomar. Describio como se arrojo al piso para proteger a su hija y que Salinas se bajo del vehiculo y se alejo, conducta que los jueces consideraron incompatible con la version defensiva.
La resolucion de la Sala II valoro tambien los testimonios de la hermana y del padre de la victima, que describieron actitudes de Salinas antes y despues del hecho, incluyendo un supuesto distanciamiento emocional, integrando esos dichos con comunicaciones telefonicas, reportes de antenas y la dinamica del episodio.
En relacion con Barsantti, la Camara examino registros telefonicos encontrados en el dispositivo de Perez donde figuraba un contacto identificado como “Yoni”, vinculado al numero del imputado; se constato un flujo sostenido de comunicaciones entre ambos.
Los reportes de antenas ubicaron la linea de Barsantti alternando entre la zona cercana al lugar del cautiverio y la del domicilio del padre de la victima, desde donde se realizaron las llamadas extorsivas, con impactos adicionales en la antena de Entre Rios 851 de Bella Vista.
Los magistrados tuvieron en cuenta que Barsantti era oficial de la Policia bonaerense y prestaba servicio en el Destacamento Buen Ayre I, situado en el peaje por el que la victima y Salinas habian pasado momentos antes de la interceptacion. La actividad de su linea se mantuvo entre ambos puntos de interes durante la noche, hasta registrar eventual actividad en la antena El Maestro 1740 a las 6:55 horas.
Aunque Casacion considero acreditados los hechos, la decision fue adoptada por mayoria. El juez Alejandro Slokar formulo una disidencia parcial, proponiendo hacer lugar parcialmente al recurso de la defensa y anular parcialmente la sentencia en cuanto a la magnitud de las penas, por entender que la motivacion no alcanzaba los estandares exigidos por la normativa procesal.
Por su parte, los jueces Gustavo Hornos y Javier Carbajo votaron por rechazar el recurso de casacion y confirmar las condenas. Hornos sostuvo que el tribunal de juicio habia realizado un examen global y abarcativo de las pruebas, y Carbajo considero que la evidencia recopilada permitio alcanzar el grado de certeza requerido para una sentencia de esa magnitud.


